Detalle de la norma DI-55-2014-AFIP
Disposición Nro. 55 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2014
Asunto Representación de la AFIP ante el SEDRONAR
Boletín Oficial
Fecha: 26/02/2014
Detalle de la norma

Disposición  55/2014

 

Delégase en el Contador Público Carlos Alberto Sánchez DNI Nº 18.105.139 y en la Lic. Beatriz Paglieri DNI Nº 6.401.651, la representación de esta Administración Federal ante el Registro Nacional de Precursores Químicos de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico.

 

Buenos Aires, 20 de Febrero de 2014.

 

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12119-156-2013 del Registro de esta Administración Federal, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Artículo 44 de la Ley Nº 23.737 establece, para todos aquellos que produzcan, fabriquen, preparen, exporten o importen sustancias o productos químicos autorizados y que por sus características o componentes, puedan ser derivados ilegalmente para servir de base o ser utilizados en la elaboración de estupefacientes, la obligación de inscribirse en el registro especial.

 

Que el Artículo 3° del Decreto Nº 1095, de fecha 26 de septiembre de 1996, texto sustituido por el Artículo 4° del Decreto Nº 1161 de fecha 6 de diciembre de 2000, dispone que las personas físicas o de existencia ideal y, en general, todos aquellos que bajo cualquier forma y organización jurídica, tengan, por objeto o actividad, producir, fabricar, preparar elaborar, reenvasar, distribuir, comercializar por mayor y/o menor, almacenar, importar, exportar, transportar, trasbordar, y/o realizar cualquier otro tipo de transacción, tanto nacional como internacional de las sustancias incluidas en las Listas I y II del Anexo I, deberá, con carácter previo al inicio de cualquiera de dichas operaciones, inscribirse en el registro especial a cargo del Registro Nacional de Precursores Químicos, dependiente de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) de la Presidencia de la Nación, que actuará como autoridad de aplicación.

 

Que la Resolución Nº 979/2008 (SEDRONAR) creó dentro del citado Registro Nacional, la subcategoría INGREDIENTES FARMACEUTICOS ACTIVOS (IFA), en la que deberán inscribirse todos los operadores de las sustancias enumeradas en el artículo 1° de dicha Resolución.

 

Que, a los fines de reempadronar al Instituto Técnico de Examen de Mercaderías (I.T.E.M.) de este Organismo en el Registro Nacional de Precursores Químicos, en la subcategoría IFA (Res. 979/08), como así también realizar las tareas necesarias para el impulso de los trámites y expedientes en dicho ámbito, se estima conveniente efectuar la delegación de tales facultades de representación en el Director General de Aduanas y la Directora de Aduanas Adjunta.

 

Que por Disposición Nº 531/2013 (AFIP), del 6 de diciembre de 2013, se designó al Contador Público Carlos Alberto Sánchez en el carácter de Director General de la Dirección General de Aduanas y a la Lic. Beatriz Paglieri, como Directora de Aduanas Adjunta dependiente de la Dirección General de Aduanas, con misiones y funciones de firma conjunta con el Director General de Aduanas.

 

Que en virtud de lo señalado corresponde dejar sin efecto la delegación establecida mediante la Disposición Nº 514/10 (AFIP).

 

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación y la Subdirección de Asuntos Jurídicos.

 

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y sus modificatorios y complementarios.

 

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

 

ARTICULO 1° — Delégase en el Contador Público Carlos Alberto Sánchez DNI Nº 18.105.139 y en la Lic. Beatriz Paglieri DNI Nº 6.401.651, la representación de esta Administración Federal ante el Registro Nacional de Precursores Químicos de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación, para inscribir en la subcategoría IFA (Res. 979/08) al Instituto Técnico de Examen de Mercaderías (I.T.E.M.) de este Organismo, como así también para realizar las tareas necesarias para el impulso de los trámites y expedientes en dicho ámbito.

 

ARTICULO 2° — Déjase sin efecto la Disposición 514/10 (AFIP).

 

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-202-2015-AFIP Deroga Representación de la AFIP ante el SEDRONAR, Contador Público Guillermo Michel y en la Licenciada Beatriz Paglier1