Detalle de la norma RE-98-2015-SDGOAI
Resolución Nro. 98 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2015
Asunto Prórroga Zona operativa aduanera provisoria para la realización de operaciones de removido. Localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras
Boletín Oficial
Fecha: 14/04/2015
Detalle de la norma

Resolución  98/2015

 

Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera para la realización de operaciones de removido, solicitada por la firma ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA CUIT Nº 30-50012088-2 en el muelle de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha del km. 3 del Riacho Barranqueras (km. 1198 del Río Paraná), de la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras, en forma provisoria hasta el 7 de mayo de 2015, inclusive.

 

Buenos Aires, 7 de Abril de 2015.

 

VISTO la actuación SIGEA Nº 12246-88-2012/36 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la firma ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA CUIT Nº 30-50012088-2, solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 013/2015 (SDG OAI) al muelle de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha del km. 3 del Riacho Barranqueras (km. 1198 del Río Paraná), de la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras, para la realización de operaciones de removido.

 

Que se encuentra acreditado en la actuación SIGEA Nº 12246-88-2012/4 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente del Ministerio del Interior y Transporte por expediente Nº S02:0008459/2013.

 

Que en función a los informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones aduaneras que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria hasta el 7 de mayo de 2015, inclusive.

 

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera para la realización de operaciones de removido, solicitada por la firma ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA CUIT Nº 30-50012088-2 en el muelle de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha del km. 3 del Riacho Barranqueras (km. 1198 del Río Paraná), de la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras, en forma provisoria hasta el 7 de mayo de 2015, inclusive.

 

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Resistencia. Cumplido, remítase a la Aduana de Barranqueras a los fines de su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-117-2015-SDGOAI Complementa Prórroga Zona operativa aduanera provisoria para la realización de operaciones de removido. Localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-13-2015-SDGOAI Prórroga Zona operativa aduanera provisoria para la realización de operaciones de removido. Localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras