Detalle de la norma RE-95-2015-SDGOAI
Resolución Nro. 95 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2015
Asunto Zona operativa aduanera en el Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de la firma NIDERA S.A.
Boletín Oficial
Fecha: 14/04/2015
Detalle de la norma

Resolución  95/2015

 

Habilítese la zona operativa aduanera en el Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de la firma NIDERA S.A. (CUIT Nº 33506737449), ubicado en la margen derecha del Río Paraná, a la altura de la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON QUINIENTOS (451,500) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de Puerto General San Martín, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo, hasta el día 27 de abril de 2015, inclusive.

 

Buenos Aires, 7 de Abril de 2015.

 

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12509-458-2014/11 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la firma NIDERA S.A. (CUIT Nº 33506737449) solicita la prórroga de la habilitación provisoria del Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de su propiedad, que fuera otorgada por la Resolución Nº 10/2015 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el citado muelle, ubicado en la margen derecha del Río Paraná, a la altura de la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON QUINIENTOS (451,500) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de Puerto General San Martín, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo.

 

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12509-458-2014/1 que la habilitación definitiva del citado muelle en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº EXP-S02:0109969/2013, como una ampliación del Decreto Nº 710/1998, a través del cual se habilitó oportunamente el puerto de la firma NIDERA S.A. —San Lorenzo—.

 

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la habilitación provisoria de una zona operativa aduanera en el muelle referenciado en el párrafo primero, hasta el día 27 de abril de 2015, inclusive.

 

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Habilítese la zona operativa aduanera en el Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de la firma NIDERA S.A. (CUIT Nº 33506737449), ubicado en la margen derecha del Río Paraná, a la altura de la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON QUINIENTOS (451,500) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de Puerto General San Martín, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo, hasta el día 27 de abril de 2015, inclusive.

 

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase a la Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-120-2015-SDGOAI Complementa Prórroga Zona operativa aduanera en el Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de la firma NIDERA S.A.