Resolución 107/2015
Declárase de
Interés Institucional a la “9a Reunión del Grupo de Trabajo en Moscas de la
Fruta del Hemisferio Occidental”
Bs. As., 30/3/2015
VISTO el Expediente N°
S05:0074568/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
la Resolución N° 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE
SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, y
CONSIDERANDO:
Que el complejo “moscas de
la fruta” representa un grave problema para la fruticultura internacional, no
solo por las pérdidas directas ocasionadas por la plaga en los diversos
sistemas productivos, sino también por las restricciones cuarentenarias que
imponen los mercados.
Que la tendencia de los
programas oficiales de control en distintas partes del mundo, es la utilización
de tecnologías de control amigables con el medio ambiente (técnica del insecto
estéril, insecticidas de origen natural, controladores biológicos, etc.), lo
que implica un fuerte componente de investigación básica y aplicada.
Que en el año 1980 se
constituyó el GRUPO DE TRABAJO EN MOSCAS DE LA FRUTA DEL HEMISFERIO OCCIDENTAL,
el cual, en sus inicios, estuvo orientado a dar respuesta a los problemas
ocasionados por la especie Ceratitis capitata, incorporándose posteriormente la
problemática de los géneros Anastrepha, Bactrocera, Rhagoletis y otros
tephritidos de importancia económica.
Que los ejes de trabajo
establecidos en el seno del citado Grupo están focalizados en promover el
intercambio de información, conocimientos y experiencias que permitan una
retroalimentación entre la investigación y los programas de acción para el
control de las moscas de la fruta, contribuyendo a la cooperación entre el
ámbito científico-académico, las organizaciones oficiales de sanidad vegetal y
el sector privado.
Que siendo la fruticultura
una de las principales economías regionales del país, el Estado Nacional
identifica a la problemática “moscas de la fruta” como eje estratégico para la
implementación de políticas públicas que contribuyan a minimizar las pérdidas
económicas que ocasiona la plaga.
Que mediante la Resolución
N° 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD
VEGETAL, se creó el Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de
los Frutos (PROCEM), en el ámbito de la Dirección Nacional de Protección
Vegetal, con el objetivo de efectuar acciones de control fitosanitario en todo
el territorio argentino.
Que en más de VEINTE (20)
años de trayectoria en el manejo de las moscas de la fruta, la REPÚBLICA
ARGENTINA ha logrado un reconocimiento internacional a través del equipo de
profesionales vinculados al mencionado Programa, siendo uno de los referentes
para la región en lo que respecta a la adopción de nuevas tecnologías y
estrategias de acción.
Que en base a los
antecedentes mencionados, este país ha sido designado como sede de la 9a
Reunión del Grupo de Trabajo en Moscas de la Fruta del Hemisferio Occidental.
Que el SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, como organismo responsable de los
programas fitosanitarios a nivel nacional, liderará la organización del evento
en forma conjunta con otros organismos nacionales y provinciales vinculados a
la problemática “moscas de la fruta” (INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
AGROPECUARIA —INTA—, CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
—CONICET—, UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN,
gobiernos de las Provincias de SAN JUAN y de MENDOZA, entre otros).
Que la Dirección de
Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando
reparos de orden legal que formular.
Que la suscripta es
competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el
Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996,
sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase de
Interés Institucional a la “9a Reunión del Grupo de Trabajo en Moscas de la
Fruta del Hemisferio Occidental”, a realizarse en octubre de 2016 en la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2° — Facúltase a
la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA a coordinar la organización del evento, y a invitar a
otras instituciones nacionales y provinciales vinculadas a la problemática
“moscas de la fruta”, a fin de conformar comisiones ad hoc encargadas de la
planificación y ejecución del mismo.
ARTÍCULO 3° — El citado
Servicio Nacional arbitrará los medios necesarios para implementar la logística
de organización de la “9a Reunión del Grupo de Trabajo en Moscas de la Fruta
del Hemisferio Occidental”.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese,
publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Ing. Agr. DIANA MARIA GUILLEN, Presidenta, Servicio Nacional y Calidad
Agroalimentaria.