Detalle de la norma RE-10-2015-SDGOAI
Resolución Nro. 10 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2015
Asunto Habilitación Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de su propiedad, ubicado en la margen derecha del Rio Paraná
Boletín Oficial
Fecha: 13/02/2015
Detalle de la norma

Resolución  10/2015

 

Habilitación Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de su propiedad, ubicado en la margen derecha del Rio Paraná

 

Buenos Aires, 10 de Febrero de 2015.

 

VISTO la Actuación SIGEA N° 12509-458-2014/1 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la firma NIDERA S.A. (CUIT N° 33506737449) solicita la habilitación provisoria de una zona operativa aduanera en el Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de su propiedad, ubicado en la margen derecha del Rio Paraná, a la altura de la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON QUINIENTOS (451,500) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de Puerto General San Martín, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo.

 

Que la habilitación definitiva del citado muelle en el marco de la Ley 24.093 tramita por expediente EXP-S02:0109969/2013 ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, como una ampliación del Decreto N° 710/1998 a través del cual se habilitó oportunamente el puerto de la firma NIDERA S.A. - San Lorenzo.

 

Que mediante Disposición N° 1153/14(SSPyVN) del 5 de noviembre de 2014, la citada Subsecretaría indica que la firma NIDERA S.A. “...ha cumplido con la totalidad de los requisitos previstos en la Ley 24.093 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 769/93, en orden a propiciar ante el Poder Ejecutivo Nacional la ampliación de la habilitación oportunamente otorgada por Decreto N° 710/98”, con relación al nuevo muelle para la recepción de fertilizantes, ubicado en la localidad de Puerto General San Martín, Provincia de Santa Fe.

 

Que en función de los informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones aduaneras que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria y por el término de TREINTA (30) días.

 

Que han tomado la intervención que le compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Autorícese la habilitación de una a zona operativa aduanera solicitada por la firma NIDERA S.A. (CUIT N° 33506737449) en el Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de su propiedad, ubicado en la margen derecha del Rio Paraná, a la altura de la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON QUINIENTOS (451,500) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de Puerto General San Martín, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo, por el término de TREINTA (30) días.

 

ARTICULO 2° — La presente tendrá vigencia a partir del día de la fecha.

 

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase a la Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. — CESAR EDUARDO BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.