Detalle de la norma DI-57-2015-AFIP
Disposición Nro. 57 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2015
Asunto Régimen de Concursos para los cargos de jefaturas correspondientes a unidades con competencia aduanera
Boletín Oficial
Fecha: 09/02/2015
Detalle de la norma

Disposición  57/2015

 

Se modifica el Régimen de Concursos para los cargos de jefaturas correspondientes a unidades con competencia aduanera

 

Buenos Aires, 5 de Febrero de 2015.

 

VISTO la Disposición N° 650 (AFIP) del 19 de octubre de 2004 y el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. N° 924/10), y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la aludida disposición se aprobaron el “Régimen de concursos para Jefaturas Intermedias” y el “Sistema de Selección para Jefaturas de Base”, aplicables respectivamente a los concursos y procesos de selección que se instrumenten en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS (DGA) y en aquellas dependencias de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) con competencia específica en materia aduanera.

 

Que siguiendo las pautas dispuestas en el Artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 “E” - Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. N° 924/10), la AFIP y el SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SUPARA) revisaron conjuntamente el sistema concursal aduanero y acordaron la necesidad de introducir ajustes a la Disposición N° 650/04 (AFIP), buscando mejorar y modernizar la normativa vigente.

 

Que el objetivo central de la reforma apunta a dar mayor celeridad a los procesos de convocatoria y cobertura de vacantes concursadas y a introducir como rasgo distintivo la administración de diferentes pruebas que podrán variar según la especificidad de los cargos que se concursen, generando un esquema flexible pero a la vez exigente y en línea con los objetivos estratégicos de esta Administración Federal.

 

Que en ese sentido la Subdirección General de Recursos Humanos, con acuerdo del SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SUPARA), ha elaborado el proyecto de modificación que por la presente se aprueba.

 

Que por su parte, la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

 

Que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, procede disponer en consecuencia.

 

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

 

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese lo dispuesto en el Punto 1. Norma General - Anexo I Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias, por el siguiente texto: “Los concursos se regirán por el sistema de evaluación de antecedentes, pruebas específicas y entrevista de preselección. La preselección de los candidatos estará a cargo de un Comité de Selección cuya integración, funcionamiento y atribuciones se reglan en las presentes normas”.

 

ARTÍCULO 2° — Incorpórase en el Punto 3. Habilitación del Concurso, Anexo I Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias, el siguiente inciso: “c.1) Pruebas específicas y modalidad de administración que defina la Subdirección General de Recursos Humanos para cada concurso”.

 

ARTÍCULO 3° — Sustitúyese lo dispuesto en el Punto 5.1. Comité de Selección - Anexo I Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias, por el siguiente texto: “El Comité de Selección estará integrado por un total de TRES (3) miembros, a saber: a) Un representante de la Subdirección General en cuyo ámbito se registra la jefatura vacante; b) La jefatura de la unidad inmediata superior del cargo concursado u otra de nivel superior al cargo que se concursa; c) Un representante de la Subdirección General de Recursos Humanos”.

 

ARTÍCULO 4° — Sustitúyese lo dispuesto en el Primer Párrafo del Punto 6. Evaluación de los postulantes - Anexo I Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias, por el siguiente texto: “La evaluación de los postulantes se inicia con la evaluación de antecedentes donde se meritúan la carrera, formación y trayectoria del agente. La Subdirección General de Recursos Humanos se encuentra habilitada para establecer pruebas específicas, como ser: a) prueba técnica de conocimiento; b) prueba psicotécnica; c) examen de aptitud física; d) prueba de idioma; e) Otros; la aprobación de las cuales será condición para acceder a la etapa final de entrevista. En esta última se evalúan las competencias para el puesto y el perfil de conducción.

A las etapas del proceso de evaluación se les asigna la siguiente calificación:

ETAPA PUNTAJE Antecedentes 0 a 60 Pruebas Específicas Reprobado/Aprobado Entrevista 0 a 40

 

ARTÍCULO 5° — Incorpórase a lo dispuesto en el Punto 6. Evaluación de los postulantes - Anexo I Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias, el siguiente punto: “6.1. BIS. Pruebas específicas. Cumplida la evaluación por antecedentes, el Comité de Selección citará a los VEINTE (20) postulantes mejor evaluados en la primera etapa para rendir las pruebas específicas que haya definido la Subdirección General de Recursos Humanos para ese concurso. De no alcanzarse el número indicado, se citará a todos los postulantes evaluados. El resultado de las pruebas para todos los casos será aprobado/desaprobado y será asentado en el Formulario respectivo”.

 

ARTÍCULO 6° — Sustitúyese el último párrafo del punto 6.1.4. - Puntajes y pesos relativos - Anexo I Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias, por el siguiente texto: “Para ser considerados en el puntaje, deberán estar debidamente documentados todos aquellos antecedentes que no se encuentren registrados en el sistema SARHA: experiencia laboral externa a la AFIP, cursos externos (duración, tema, institución), actividad docente (carácter, materia, dedicación, institución), publicaciones (copia de artículos publicados o referencias si se trata de libros, aclarando si la autoría es compartida). La ausencia de documentación llevará al Comité a no considerar el antecedente.

 

ARTÍCULO 7° — Sustitúyese lo dispuesto en el Punto 6.2.1. - Postulantes a entrevistar - Anexo l Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias, por el siguiente texto: “Los resultados de cada postulante en la evaluación de antecedentes y pruebas específicas serán consignados en el formulario “Acta de registro”.

Serán entrevistados por el Comité de Selección los VEINTE (20) postulantes mejor calificados en antecedentes y que hayan aprobado las pruebas que la Subdirección General de Recursos Humanos haya establecido para el concurso”.

 

ARTÍCULO 8° — Modifícase el segundo párrafo del Punto 7. Decisión del Comité de Selección -Anexo I Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias, por el siguiente texto: “El proceso de concurso desde el cierre de la inscripción hasta la formulación de la propuesta para decisión del Administrador Federal no deberá exceder de los DOS (2) meses.”

 

ARTÍCULO 9° — Déjase sin efecto lo dispuesto en el Punto 6.3. Prueba de oposición y Cuarto Párrafo del Punto 7. Decisión del Comité de Selección - Anexo I Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias.

 

ARTÍCULO 10. — Sustitúyese lo dispuesto en el Punto 10 inciso d). Concurso conjunto de cargos equivalentes - Anexo l Disposición N° 650/04 (AFIP) - Régimen de Concursos para Jefaturas Intermedias, por el siguiente texto: “Los postulantes que pasarán a la etapa de entrevista serán los VEINTE (20) mejor calificados en antecedentes y que hayan aprobado las pruebas que la Subdirección General de Recursos Humanos haya establecido para el concurso. Dado que estos llamados incluyen varios cargos, el número de entrevistados deberá ampliarse, en caso que sea necesario, a fin de cubrir TRES (3) postulantes por cargo concursado”.

 

ARTÍCULO 11. — Incorpórase a lo dispuesto en el Punto 2. Sistema de Postulación y Selección de los agentes - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base, el siguiente inciso: “5) Revistar con carácter de titular y como mínimo en la categoría CTA 09 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. N° 924/10), o en el grupo 16 para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. 925/10)”.

 

ARTÍCULO 12. — Sustitúyese lo dispuesto en el Punto 2.1.1. Convocatoria a Examen e implementación - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base, por el siguiente texto: “CONVOCATORIA A EXÁMENES E IMPLEMENTACIÓN. “La Subdirección General de Recursos Humanos convocará a exámenes al menos una vez al año para la Integración de un Registro de Postulantes. En el mismo momento difundirá la nómina de cargos que se concursarán en dicho período, las pruebas específicas que se determinen y los requisitos mínimos y específicos que se exigen a los postulantes. La convocatoria se efectuará como mínimo con VEINTE (20) días hábiles de anticipación a la fecha que se estipule y se le dará amplia publicidad interna a través de los canales de comunicación institucional”.

 

ARTÍCULO 13. — Sustitúyese lo dispuesto en el Punto 2.1.3. Modalidad - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base por el siguiente texto: “EVALUACIONES. La Subdirección General de Recursos Humanos, establecerá las pruebas específicas que resulten pertinentes para cada concurso, como ser: a) prueba técnica de conocimiento; b) prueba psicotécnica; c) examen de aptitud física; d) prueba de idioma; e) otras. El resultado de los exámenes será publicado dentro de los VEINTE (20) días hábiles posteriores a su administración. Su aprobación será condición para integrar el Registro de Postulantes y para acceder a la etapa de entrevista”.

 

ARTÍCULO 14. — Suprímese el segundo párrafo del Punto 2.2. Registro de Postulantes a Jefaturas de Base - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base.

 

ARTÍCULO 15. — Sustitúyese lo dispuesto en el tercer y cuarto párrafos del Punto 2.2. Registro de Postulantes a Jefaturas de Base - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base, por el siguiente texto: “Los exámenes aprobados tendrán una vigencia de UN (1) año corrido a contar desde la fecha de su aprobación. Los agentes que integren el Registro podrán durante ese año actualizar sus datos y antecedentes”.

 

ARTÍCULO 16. — Sustitúyese lo dispuesto en el Punto 2.3. Selección y cobertura de las Jefaturas vacantes - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base, por el siguiente texto: “APERTURA DE CONCURSOS. Dentro del año de vigencia fijado en el punto 2.2. la AFIP procederá a abrir los concursos estipulados en la convocatoria inicial”.

 

ARTÍCULO 17. — Sustitúyese lo dispuesto en el Punto 2.3.1 Postulación - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base, por el siguiente texto: “POSTULACIONES. Durante los DIEZ (10) días hábiles posteriores a la apertura de la Convocatoria, los agentes que integran el Registro podrán inscribirse en un máximo de TRES (3) de las jefaturas vacantes incluidas en el llamado”.

 

ARTÍCULO 18. — Sustitúyese lo dispuesto en el Primero, Segundo y Tercer párrafo del Punto 2.3.2. Preselección de postulantes - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base, por el siguiente texto: “La preselección de postulantes estará a cargo de la Subdirección General de la unidad donde se registra la jefatura, quien podrá delegar en el Director correspondiente de la jefatura vacante la selección de agentes que pasarán al proceso de entrevista. De no depender de una Subdirección General, se recurrirá en todos los casos a la autoridad superior que corresponda.

El Subdirector General del área a cubrir podrá consultar y emitir los listados de postulantes directamente desde el Sistema de Administración de Recursos Humanos AFIP (SARHA). Seleccionará para cada concurso un mínimo de CINCO (5) agentes para entrevistar. De acuerdo a la evolución del proceso, podrá definir extenderlas a un mayor número o a todos los integrantes del listado.”

 

ARTÍCULO 19. — Déjase sin efecto el último párrafo del Punto 2.3.3. El proceso de la entrevista - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base y sustitúyese lo dispuesto en su segundo párrafo, por el siguiente texto: “Para efectuar las entrevistas se conformará un Comité ad-hoc integrado por el Subdirector General de la unidad donde se registra la jefatura y por la Subdirección General de Recursos Humanos, la que designará a un agente para que participe del proceso.

El Subdirector General podrá delegar su participación en el Director del área, o en su defecto en el Jefe directo del cargo vacante (nivel de división o superior)”.

 

ARTÍCULO 20. — Sustitúyense los párrafos primero y segundo del Punto 2.3.4 Designación del agente seleccionado - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base, por el siguiente texto: “El Subdirector General elaborará el Informe Final sobre lo actuado, incluyendo los antecedentes disciplinarios constatados (sanciones en los últimos cinco años, sumarios en curso), seleccionará al agente para cubrir la Jefatura y tramitará su designación por el conducto administrativo correspondiente. Al efecto deberá adjuntar a su propuesta el Informe Final con el detalle de los agentes entrevistados.

Concluidas todas las etapas del proceso, la Subdirección General de Recursos Humanos dictará la Disposición de designación en el cargo del agente seleccionado. La existencia de recursos administrativos pendientes de resolución no obstaculizará el trámite de designación, pero se dejará constancia de esta circunstancia en el acto correspondiente, de modo tal de revocarla, si así correspondiera, según el resultado del recurso, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos en el ejercicio del cargo hasta ese momento”.

 

ARTÍCULO 21. — Sustitúyese lo dispuesto en el Punto 2.3.5. ASIGNACIÓN DEL CARGO DE JEFATURA DE BASE INTERINO Y TITULARIZACIÓN - Anexo II Disposición N° 650/04 (AFIP) - Sistema de Selección para Jefaturas de Base, por el siguiente texto: “ASIGNACIÓN CATEGORÍA Y FUNCIÓN DEL CARGO DE JEFATURA DE BASE. Al agente que resultare seleccionado, se le asignará la categoría y función correspondientes, a partir del momento en que tome posesión del cargo.

Los agentes que se desempeñen en Jefaturas de Base estarán igualmente sujetos a los sistemas de rotación que la Administración Federal determine, considerando en tal caso que existe continuidad en el ejercicio del cargo.

El personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10) que resulte seleccionado para ocupar cargos de Jefatura de Base en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS o en dependencias de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS con competencia específica en materia aduanera por aplicación del presente sistema de selección, será transferido al Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 “E” - Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. 924/10) y se le asignará la categoría correspondiente al cargo concursado”.

 

ARTÍCULO 22. — Delégase en la Subdirección General de Recursos Humanos la facultad para modificar las normas reglamentarias dictadas oportunamente, quedando asimismo facultada para dictar el texto ordenado de la Disposición N° 650/04 (AFIP) incluyendo la adecuación de los formularios pertinentes, para una mejor aplicación de la presente medida”.

 

ARTÍCULO 23. — Deróganse las Disposiciones Nros. 409/08 (AFIP) y 270/05 (SDGRH).

 

ARTÍCULO 24. — Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese al SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SUPARA), dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-169-2015-SGRH Relaciona Se aprueba el texto ordenado de la Disposición AFIP 650/04, régimen de concursos
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga DI-409-2008-AFIP Régimen de Concursos para los cargos de jefaturas correspondientes a unidades con competencia aduanera
Deroga DI-270-2005-SGRH Régimen de Concursos para los cargos de jefaturas correspondientes a unidades con competencia aduanera
Modifica DI-650-2004-AFIP Régimen de Concursos para los cargos de jefaturas correspondientes a unidades con competencia aduanera