Detalle de la norma RE-281-2014-SDGOAI
Resolución Nro. 281 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2014
Asunto Prorróguese la habilitación provisoria para realizar operaciones aduaneras en el puerto de la firma DEL GUAZU S.A
Boletín Oficial
Fecha: 08/01/2015
Detalle de la norma

Resolución  281/2014

 

Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle del puerto de la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3), ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú, para realizar operaciones aduaneras en forma provisoria hasta el día 30 de junio de 2015, inclusive.

 

Buenos Aires, 23 de Diciembre de 2014.

 

VISTO la Actuación SIGEA N° 12492-252-2007/187 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) solicita una prórroga de la habilitación aduanera otorgada mediante Resolución N° 135/14 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle correspondiente al puerto particular de esa empresa, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú.

 

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12492-252-2007 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0100283/2006.

 

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

 

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio hasta el día 30 de junio de 2015, inclusive.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle del puerto de la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3), ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú, para realizar operaciones aduaneras en forma provisoria hasta el día 30 de junio de 2015, inclusive.

 

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítanse los presentes a la Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. — CÉSAR EDUARDO BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-135-2014-SDGOAI Prorróguese la habilitación provisoria para realizar operaciones aduaneras en el puerto de la firma DEL GUAZU S.A