Comunicación
"C" 67410
Feriados que
observarán las entidades financieras durante el año 2015.
Buenos Aires, 30 de
Diciembre de 2014.
Nos dirigimos a Uds. para
remitirles en anexo el detalle de los feriados que observarán las entidades
financieras en la República Argentina durante el año 2015.
Saludamos a Uds.
atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA
Eduardo J. Levob
Subgerente de Entidades
Cambiarias e Información
Marcelo A. Retorta
Gerente de Autorizaciones
ANEXO
FERIADOS QUE OBSERVARÁN
LAS ENTIDADES FINANCIERAS EN LA REPÚBLICA ARGENTINA DURANTE EL AÑO 2015.
Las entidades financieras
no funcionarán los días:
- Feriados nacionales,
feriados con fines turísticos y días no laborables por los Decretos Nros.
1584/2010 y 1768/2013:
1 de enero (1) Año Nuevo.
16 de febrero (1) Carnaval
17 de febrero (1) Carnaval
23 de marzo (1) (2)
Feriado con fin turístico.
24 de marzo (1) Día
Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
2 de abril (1) Día del
Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Jueves Santo. Festividad
Cristiana.
3 de abril (1) Viernes
Santo.
1 de mayo (1) Día del
Trabajo.
25 de mayo (1) Día de la
Revolución de Mayo.
9 de julio (1) Día de la
Independencia.
17 de agosto (1) Paso a la
Inmortalidad del General D. José de San Martín.
12 de octubre (1) Día del
Respeto a la Diversidad Cultural.
23 de noviembre (1)
Corresponde al 20 de noviembre. Día de la Soberanía Nacional.
7 de diciembre (1) (2)
Feriado con fin turístico.
8 de diciembre (1)
Inmaculada Concepción de María.
25 de diciembre (1)
Navidad.
- Sábados y Domingos
(1) – Feriado Nacional.
(2) – Conforme con lo
dispuesto por el Decreto N° 1.768/2013 se establecen como días con fines
turísticos.