Detalle de la norma DE-2575-2014-PEN
Decreto Nro. 2575 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2014
Asunto Representación Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI
Boletín Oficial
Fecha: 30/12/2014
Detalle de la norma

Decreto  2575/2014

 

Representación Permanente de la República en la Representación Argentina para Mercosur y Aladi al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan Manuel Abal Medina.

 

Buenos Aires, 22 de Diciembre de 2014.

 

VISTO el Expediente N° 52.424/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto N° 815 de fecha 2 de junio de 2014, el Decreto N° 1973 de fecha 28 de octubre de 1986, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto N° 815/14 se nombró en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Juan Manuel ABAL MEDINA y se lo designó como Representante Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI.

 

Que el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan Manuel ABAL MEDINA ha presentado su renuncia al cargo de Representante Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI, a fin de asumir la banca vacante de SENADOR NACIONAL por la Provincia de BUENOS AIRES.

 

Que atento la presentación de la renuncia referida corresponde tramitar el traslado desde la Representación Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan Manuel ABAL MEDINA.

 

Que, por su parte, el Decreto N° 1973/86, reglamentario de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 dispone en el Artículo 56 que el funcionario trasladado al exterior deberá prestar servicios en su destino DOS (2) años como mínimo, y que, si antes de ese lapso fuere trasladado a su pedido, los gastos de su traslado serán a su costa, quedando sin derecho a percibir ninguna suma en concepto de gastos ni indemnización, excepto los pasajes de regreso para él y su familia y el pago de embalaje y flete de sus efectos personales.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

 

Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 56 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

 

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

 

Artículo 1° — Trasládase desde la Representación Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan Manuel ABAL MEDINA (D.N.I. N° 20.372.692).

 

Art. 2° — Dase por aceptada la renuncia presentada por el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan Manuel ABAL MEDINA (D.N.I. N° 20.372.692), al cargo de Representante Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI, a la fecha del efectivo cumplimiento de su traslado a la República.

 

Art. 3° — Establécese que la presente medida solo irrogará gastos en concepto de pasajes y flete, los que serán imputados a las partidas específicas del presupuesto de de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

 

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
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