Resolución 37/2014
Autorícese la
realización de operaciones aduaneras en las nuevas instalaciones del centro de
control fronterizo del Paso Internacional Pircas Negras, ubicado en el Paraje
Barranca Blanca, Provincia de La Rioja, en las coordenadas geográficas 28° 10’
25,01” latitud Sur y 69° 08’ 41,32” longitud Oeste, en forma provisoria hasta
el 31 de marzo de 2015.
Buenos Aires, 18 de
Diciembre de 2014.
VISTO la Actuación SIGEA
Nº 12237-6-2014 del registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la misma se origina
con la solicitud presentada por la Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras
de la Secretaría del Interior, en su carácter de Organismo Coordinador por la
República Argentina de los Pasos Internacionales, a través de la cual solicita
que por ésta se arbitren las medidas necesarias para el inicio de las
operaciones en el nuevo asiento dispuesto para el control del Paso
Internacional Pircas Negras, Provincia de La Rioja, en jurisdicción de la
Aduana de La Rioja.
Que el requerimiento se
efectúa como consecuencia de lo acordado en la “Declaración de la VI Reunión
Binacional de Ministros de Argentina y de Chile” en la que ambos países se
comprometieron al establecimiento de un Control Integrado Transitorio, bajo la
Modalidad de Cabecera Única en Territorio Argentino, durante el último
trimestre del año 2014 y hasta el 31 de marzo del año 2015.
Que mediante Resolución Nº
29/14 (DGA) se dispuso retomar el control aduanero del citado paso
internacional, habilitado para la atención del Régimen General de Equipaje.
Que las nuevas
instalaciones destinadas al efecto se encuentran ubicadas en el Paraje Barranca
Blanca, Provincia de La Rioja, en las coordenadas geográficas 28° 10’ 25,01”
latitud Sur y 69° 08’ 41,32” longitud Oeste.
Que en función de los
antecedentes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones que se
desarrollen en el citado lugar operativo en forma transitoria hasta el 31 de
marzo del año 2015, bajo la modalidad oportunamente acordada.
Que han tomado debida
intervención la Dirección Regional Aduanera Córdoba y la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9°, apartado 2,
inciso n) y p) del Decreto Nº 618 del 10 de Julio de 1997.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorícese
la realización de operaciones aduaneras en las nuevas instalaciones del centro
de control fronterizo del Paso Internacional Pircas Negras, ubicado en el
Paraje Barranca Blanca, Provincia de La Rioja, en las coordenadas geográficas
28° 10’ 25,01” latitud Sur y 69° 08’ 41,32” longitud Oeste, en forma provisoria
hasta el 31 de marzo de 2015.
ARTICULO 2° — La presente
entrará en vigencia a partir del día de su suscripción.
ARTICULO 3° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Notifíquese
a la Dirección de Asuntos Técnicos de Frontera. Tome conocimiento la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección
Regional Aduanera Córdoba. Remítanse estos actuados a la División Aduana de La
Rioja para su conocimiento, notificación y aplicación. — Cdor. Púb. CARLOS
ALBERTO SANCHEZ, Director General, Dirección General de Aduanas.