Circular 13/2014/ANMAT
Población infantil.
Aclaración: este producto no está formulado para su uso en niños
Buenos Aires, 18 de
Diciembre de 2014.
Por la Resolución Nº
155/98 (ex MS y AS) y sus disposiciones complementarias se regulan las
actividades sobre productos cosméticos.
Cabe destacar que la
información en los rótulos de estos productos debe garantizar una utilización
adecuada y segura en las condiciones normales y previsibles de uso.
Por lo tanto, las empresas
titulares/elaboradoras y/o importadoras de aquellos productos cosméticos no
dirigidos a la población infantil, y que en su rotulado no presenten
información sobre restricciones en cuanto a edad y/o destinatario, deberán
incorporar de forma clara y legible la siguiente advertencia: “este producto no
está formulado para su uso en niños”.
Los productos destinados a
su uso en niños y bebés deberán contener en la cara frontal de su envase
información clara sobre la edad a partir de la cual es adecuado el uso del
producto. Además deberán incluir la siguiente advertencia: “en caso de
irritación suspenda su uso y consulte al médico”.
Para el caso de productos
de uso familiar, estos deberán cumplir con los requerimientos técnicos fijados
por la Disposición ANMAT Nº 1108/99 para los productos de igual categoría
infantiles.
Comuníquese a: la Cámara
Argentina de la Industria Cosmética y Perfumería y a la Asociación Argentina de
Químicos Cosméticos.
Dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial.
Ing. ROGELIO LOPEZ,
Administrador Nacional, A.N.M.A.T.
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