Detalle de la norma RE-604-2014-SI
Resolución Nro. 604 Secretaría de Industria
Organismo Secretaría de Industria
Año 2014
Asunto Se amplía el compromiso asumido por la firma Noblex Argentina S.A. en el marco del Régimen del Decreto N° 490/03
Boletín Oficial
Fecha: 19/12/2014
Detalle de la norma

Resolución 604/2014



Amplíase el compromiso asumido por la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. en el marco del Régimen del Decreto N° 490 de fecha 5 de marzo de 2003


Buenos Aires, 15 de Diciembre de 2014.


VISTO el Expediente N° 013575/2005 del Registro del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, y


CONSIDERANDO:


Que la Ley N° 19.640 estableció un régimen especial fiscal y aduanero para el ex TERRITORIO NACIONAL DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, cumpliendo así el objetivo geopolítico de reafirmar la soberanía nacional, creando a su vez un adecuado marco para el desarrollo de una actividad económica estable, y favorecer el crecimiento homogéneo de la población en un territorio extremadamente austral.


Que el Decreto N° 490 de fecha 5 de marzo de 2003 habilitó a las empresas industriales, radicadas o a radicarse en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, en el marco de la Ley N° 19.640, a presentar proyectos para fabricar productos nuevos, cuya producción se encuentre habilitada en otros regímenes industriales promocionales vigentes en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y, además, que no se produzcan en el Territorio Nacional Continental de la REPÚBLICA ARGENTINA.


Que la Resolución N° 147 de fecha 17 de junio de 2004 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN declaró a la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. comprendida en el Régimen del Decreto N° 490/03 para la fabricación de equipos de aire acondicionado para uso doméstico, familiar, comercial y otros usos no industriales, tipo ventana y split de pared, ambos con capacidad de hasta SEIS MIL (6.000) frigorías por hora, estableciendo para la empresa un empleo mínimo de VEINTICINCO (25) personas.


Que la Resolución N° 228 de fecha 2 de agosto de 2006 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN declaró a la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. comprendida en el Régimen del Decreto N° 490/03 para la fabricación de equipos de telefonía celular móvil, elevando el compromiso asumido por la empresa a partir del nuevo proyecto a mantener CUARENTA Y UN (41) empleados como mínimo.


Que la Resolución N° 70 de fecha 4 de abril de 2011 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA amplió el proyecto autorizado originalmente por la Resolución N° 147/04 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, elevando el compromiso asumido por la empresa a partir de la ampliación a mantener CINCUENTA Y CUATRO (54) empleados como mínimo.


Que la Resolución N° 486 de fecha 27 de julio de 2011 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA declaró a la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. comprendida en el Régimen del Decreto N° 490/03, en los términos y condiciones del Decreto N° 916 de fecha 28 de junio de 2010, para la fabricación de computadoras portátiles (notebooks y netbooks), elevando el compromiso asumido por la empresa a partir del nuevo proyecto a mantener SESENTA Y TRES (63) empleados como mínimo.


Que la Resolución N° 103 de fecha 8 de mayo de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA declaró a la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. comprendida en el Régimen del Decreto N° 490/03, en los términos y condiciones del Decreto N° 916/10, para la fabricación de “tablets PC”, elevando el compromiso asumido por la empresa a partir del nuevo proyecto a mantener OCHENTA Y TRES (83) empleados como mínimo.


Que a fojas 307/308 del expediente citado en el Visto, la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. solicitó incrementar la producción de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares autorizada por la Resolución N° 228/06 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de acuerdo al proyecto de inversión presentado conforme la Guía aprobada mediante el Anexo V a la Resolución N° 105 de fecha 14 de abril de 2003 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN.


Que la Unidad de Evaluación conformada en el ámbito de la Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial dependiente de la Dirección Nacional de Industria de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, emitió un Informe Técnico que luce a fojas 336/345 del citado expediente, concluyendo que desde el punto de vista técnico no se encuentran objeciones para la aprobación de la solicitud de la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. para aumentar la capacidad máxima anual de producción de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares realizando una inversión en activo fijo de PESOS CINCO MILLONES CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 5.004.794) y de PESOS CIENTO VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($ 127.666.000) en capital de trabajo durante el primer año, PESOS VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL ($ 29.562.000) durante el segundo año y PESOS TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL ($ 32.327.000) durante el tercer año, totalizando una inversión de PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 194.559.794) al cabo del tercer año.


Que el proyecto de inversión le permitirá a la empresa alcanzar una producción máxima de TRES MILLONES (3.000.000) de unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares a producirse en TRES (3) turnos de OCHO (8) horas diarias, durante DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año en las plantas 2 y 5 de la firma NEWSAN S.A. localizadas en la calle Eva Perón N° 97 y en la Avenida Perito Moreno N° 3875 respectivamente, ambas de la Ciudad de Ushuaia, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.


Que la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. registra al mes de octubre de 2014 un total de QUINIENTOS TREINTA Y SEIS (536) empleados y para alcanzar la producción máxima de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares, la empresa relocalizará SESENTA Y DOS (62) empleados actualmente afectados a otros proyectos e incorporará QUINIENTOS SEIS (506) nuevos empleados, sin perjuicio de los que se incorporen en función de otras actividades de la firma mencionada.


Que la nueva producción mínima comprometida es de DOSCIENTAS SESENTA Y SEIS MIL (266.000) unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares, en UN (1) turno de OCHO (8) horas diarias, durante DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año.


Que a partir del nuevo proyecto se eleva el compromiso asumido por la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. de mantener CIENTO DIECISIETE (117) empleados como mínimo, en UN (1) turno de OCHO (8) horas diarias, durante DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año.


Que la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. incorporará en el marco del proyecto de ampliación el siguiente equipamiento: DIECIOCHO (18) módulos de rotación de cámara; SEIS (6) “jigs” para cámaras; NOVENTA (90) “jigs” de montaje; QUINCE (15) “jigs” de testeo; VEINTE (20) computadoras (soporte informático); TRES (3) cajas de foco (dispositivo de testeo de cámara); SEIS (6) “jigs” con iluminación integrada (complemento para dispositivo de testeo de cámara); TRES (3) cartas de ajuste (estación cámara); TRES (3) difusores para estación de testeo (testeo de cámaras); TRES (3) visores de diapositivas marca GEPE (control de píxeles); OCHO (8) dispositivos de testeo radiofrecuencia con bandeja y fuente de alimentación; CUARENTA Y DOS (42) tableados USB (transferencia de datos); CUATRO (4) osciloscopios para radiofrecuencia, sensores y “racks” de almacenamiento (dispositivo para testeo de radiofrecuencia); DOS (2) simuladores de señal GPS; DIEZ (10) cables RF blindados; DOS (2) interfaz de conexión GPIB-USB (transferencia de datos); SEIS (6) cables GPIB (transferencia de datos); DOS (2) multiplexores y fuentes de alimentación (transferencia de datos); DOS (2) dispositivos de adhesivado; UNA (1) instalación de seguridad; UN (1) compresor marca KAESER; DOS (2) cintas transportadoras; TREINTA (30) pistolas ionizadoras SPN-11S.


Que la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. se compromete a cumplimentar los compromisos asumidos en el proyecto de inversión dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.


Que la Comisión de Evaluación creada por el Artículo 5° de la Resolución N° 141 de fecha 14 de junio de 1995 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, reglamentaria del Decreto N° 479 de fecha 4 de abril de 1995, en el Acta N° 55 de fecha 19 de noviembre de 2014, cuya copia obra a fojas 352/355 del expediente mencionado en el Visto, aprobó por unanimidad el proyecto presentado por la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. por encuadrar en los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.


Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.


Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido por el Artículo 10 del Decreto N° 490/03.


Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVE:


ARTÍCULO 1° — Amplíase el compromiso asumido por la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. en el marco del Régimen del Decreto N° 490 de fecha 5 de marzo de 2003, dispuesto en el Artículo 1° de la Resolución N° 228 de fecha 2 de agosto de 2006 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN. Dicha ampliación consiste en PESOS CINCO MILLONES CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 5.004.794) de inversión en activo fijo y en PESOS CIENTO VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($ 127.666.000) de inversión en capital de trabajo durante el primer año, PESOS VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL ($ 29.562.000) durante el segundo año y PESOS TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL ($ 32.327.000) durante el tercer año, totalizando una inversión de PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 194.559.794) al cabo del tercer año.


ARTÍCULO 2° — La firma NOBLEX ARGENTINA S.A. se obliga a incorporar en el marco del proyecto de ampliación el siguiente equipamiento: DIECIOCHO (18) módulos de rotación de cámara; SEIS (6) “jigs” para cámaras; NOVENTA (90) “jigs” de montaje; QUINCE (15) “jigs” de testeo; VEINTE (20) computadoras (soporte informático); TRES (3) cajas de foco (dispositivo de testeo de cámara); SEIS (6) “jigs” con iluminación integrada (complemento para dispositivo de testeo de cámara); TRES (3) cartas de ajuste (estación cámara); TRES (3) difusores para estación de testeo (testeo de cámaras); TRES (3) visores de diapositivas marca GEPE (control de píxeles); OCHO (8) dispositivos de testeo radiofrecuencia con bandeja y fuente de alimentación; CUARENTA Y DOS (42) cableados USB (transferencia de datos); CUATRO (4) osciloscopios para radiofrecuencia, sensores y “racks” de almacenamiento (dispositivo para testeo de radiofrecuencia); DOS (2) simuladores de señal GPS; DIEZ (10) cables RF blindados; DOS (2) interfaz de conexión GPIB-USB (transferencia de datos); SEIS (6) cables GPIB (transferencia de datos); DOS (2) multiplexores y fuentes de alimentación (transferencia de datos); DOS (2) dispositivos de adhesivado; UNA (1) instalación de seguridad; UN (1) compresor marca KAESER; DOS (2) cintas transportadoras; TREINTA (30) pistolas ionizadoras SPN-11S.


ARTÍCULO 3° — Amplíase la capacidad máxima de producción del proyecto aprobada en el Artículo 2° de la Resolución N° 228/06 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, sobre la base del equipamiento informado y del compromiso asumido por la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. a TRES MILLONES (3.000.000) de unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares a producirse en TRES (3) turnos de OCHO (8) horas diarias, durante DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año en las plantas 2 y 5 de la firma NEWSAN S.A. localizadas en la calle Eva Perón N° 97 y en la Avenida Perito Moreno N° 3875 respectivamente, ambas de la ciudad de Ushuaia, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.


Para alcanzar la capacidad máxima de producción, la firma relocalizará SESENTA Y DOS (62) empleados actualmente afectados a otros proyectos e incorporará QUINIENTOS SEIS (506) nuevos empleados.


ARTÍCULO 4° — Amplíase la producción mínima comprometida por la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. de conformidad con el Artículo 3° de la Resolución N° 228/06 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA a DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL (266.000) unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares, en UN (1) turno de OCHO (8) horas diarias, durante DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año.


ARTÍCULO 5° — Elévase el compromiso asumido por la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. de mantener CIENTO DIECISIETE (117) empleados como mínimo, en UN (1) turno de OCHO (8) horas diarias, durante DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año.


ARTÍCULO 6° — La firma NOBLEX ARGENTINA S.A. se obliga a cumplimentar los compromisos asumidos en el proyecto de inversión dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días de la entrada en vigencia de la presente resolución.


ARTÍCULO 7° — El incumplimiento por parte de la firma NOBLEX ARGENTINA S.A. de los compromisos asumidos en la presente resolución en el marco del Régimen del Decreto N° 490/03 dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Anexo II del Decreto N° 479 de fecha 4 de abril de 1995.


ARTÍCULO 8° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. JAVIER RANDO, Secretario de Industria, Ministerio de Industria.

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