Resolución
580/2014
Amplíase
el compromiso asumido por la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. en el marco
del Régimen del Decreto N° 490 de fecha 5 de marzo de 2003
Buenos
Aires, 12 de Diciembre de 2014.
VISTO
el Expediente N° 04190/2005 del Registro del GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO
SUR, y
CONSIDERANDO:
Que
la Ley N° 19.640 estableció un régimen especial
fiscal y aduanero para el ex TERRITORIO NACIONAL DE LA TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, cumpliendo
así el objetivo geopolítico de reafirmar la soberanía
nacional, creando a su vez un adecuado marco para el desarrollo de
una actividad económica estable, y favorecer el crecimiento
homogéneo de la población en un territorio
extremadamente austral.
Que
el Decreto N° 479 de fecha 4 de abril de 1995 estableció
el Régimen de Sustitución de Productos incluidos en el
proyecto originalmente aprobado en el marco de la Ley N° 19.640.
Que
el Decreto N° 490 de fecha 5 de marzo de 2003 habilitó a
las empresas industriales, radicadas o a radicarse en la Provincia de
TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR,
en el marco de la Ley N° 19.640, a presentar proyectos para
fabricar productos nuevos, cuya producción se encuentre
habilitada en otros regímenes industriales promocionales
vigentes en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR
(MERCOSUR) y, además, que no se produzcan en el Territorio
Nacional Continental de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que
la Resolución N° 385 de fecha 19 de noviembre de 2008 de
la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN
declaró a la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. comprendida en el
Régimen del Decreto N° 479/95 para la sustitución
de ecualizadores por videocámaras, estableciendo para la
empresa un empleo mínimo de QUINCE (15) personas.
Que
la Resolución N° 4 de fecha 25 de enero de 2010 de la ex
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, modificada
por la Resolución N° 77 de fecha 5 de abril de 2010 de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, declaró
a la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. comprendida en el Régimen
del Decreto N° 490/03, para la fabricación de equipos de
radiocomunicaciones móviles celulares en varios modelos,
incluidos los de comunicación satelital y de sistemas
troncalizados, elevando el compromiso asumido por la empresa a partir
del nuevo proyecto a mantener un empleo mínimo de CINCUENTA Y
CUATRO (54) personas.
Que
la Resolución N° 122 de fecha 27 de septiembre de 2010 de
la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del ex MINISTERIO DE
INDUSTRIA declaró a la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A.
comprendida en el Régimen del Decreto N° 490/03 para la
fabricación de equipos acondicionadores de aire en distintos
modelos para uso doméstico, familiar, comercial y otros usos
no industriales con capacidad de hasta de SEIS MIL (6.000) frigorías
por hora, elevando el compromiso asumido por la empresa a partir del
nuevo proyecto a mantener SETENTA Y CUATRO (74) empleados como
mínimo.
Que
la Resolución N° 82 de fecha 11 de abril de 2011 de la ex
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA
declaró a la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. comprendida en el
Régimen del Decreto N° 490/03, en los términos y
condiciones del Decreto N° 916 de fecha 28 de junio de 2010 para
la fabricación de computadoras portátiles (notebooks y
netbooks), elevando el compromiso asumido por la empresa a partir del
nuevo proyecto a mantener OCHENTA Y TRES (83) empleados como mínimo.
Que
la Resolución N° 688 de fecha 18 de octubre de 2011 de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE
INDUSTRIA declaró a la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A.
comprendida en el Régimen de Sustitución de Productos
instituido por el Decreto N° 479/95, para la sustitución
de bandejas caseteras por cámaras fotográficas
digitales, elevando el compromiso asumido por la empresa a partir del
nuevo proyecto a mantener NOVENTA Y SIETE (97) empleados como mínimo.
Que
a fojas 297 y 299 del expediente citado en el Visto, la firma
ELECTRONIC SYSTEM S.A. solicitó incrementar la producción
de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares autorizada
por la Resolución N° 4/10 de la ex SECRETARÍA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA,
modificada por la Resolución N° 77/10 de la ex SECRETARÍA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de
acuerdo al proyecto de inversión presentado conforme la Guía
aprobada mediante el Anexo V a la Resolución N° 105 de
fecha 14 de abril de 2003 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN.
Que
la Unidad de Evaluación conformada en el ámbito de la
Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación
y Promoción Industrial dependiente de la Dirección
Nacional de Industria de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, emitió
un Informe Técnico que luce a fojas 356/366 del citado
expediente, concluyendo que desde el punto de vista técnico no
se encuentran objeciones para la aprobación de la solicitud de
la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. para aumentar la capacidad máxima
anual de producción de equipos de radiocomunicaciones móviles
celulares realizando una inversión en activo fijo de PESOS
DIEZ MILLONES NOVECIENTOS DECISÉIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y
DOS ($ 10.916.492) y de PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO NOVENTA
Y TRES MIL ($ 65.193.000) en capital de trabajo durante el primer
año, PESOS VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS
MIL ($ 22.586.000) durante el segundo año y PESOS DIECISÉIS
MILLONES OCHOCIENTOS NUEVE MIL ($ 16.809.000) durante el tercer año,
totalizando una inversión de PESOS CIENTO QUINCE MILLONES
QUINIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 115.504.492) al
cabo del tercer año.
Que
el proyecto de inversión le permitirá a la empresa
alcanzar una producción máxima de UN MILLÓN
NOVECIENTAS NOVENTA Y CINCO MIL (1.995.000) unidades anuales de
equipos de radiocomunicaciones móviles celulares a producirse
en TRES (3) turnos de OCHO (8) horas diarias, durante DOSCIENTOS
TREINTA Y UN (231) días al año en las plantas 2 y 5 de
la firma NEWSAN S.A. localizadas en la calle Eva Perón N°
97 y en la Avenida Perito Moreno N° 3875 respectivamente, ambas
de la Ciudad de Ushuaia, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA
E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.
Que
la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. registra al mes de octubre de 2014 un
total de QUINIENTOS NOVENTA Y TRES (593) empleados y para alcanzar la
producción máxima de equipos de radiocomunicaciones
móviles celulares, la empresa relocalizará CIENTO
CINCUENTA Y CINCO (155) empleados actualmente afectados a otros
proyectos e incorporará DOSCIENTOS VEINTITRÉS (223)
nuevos empleados, sin perjuicio de los que se incorporen en función
de otras actividades de la firma mencionada.
Que
la nueva producción mínima comprometida es de
DOSCIENTAS CINCUENTA MIL (250.000) unidades anuales de equipos de
radiocomunicaciones móviles celulares, en UN (1) turno de OCHO
(8) horas diarias, durante DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días
al año.
Que
a partir del nuevo proyecto se eleva el compromiso asumido por la
firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. de mantener CIENTO ONCE (111) empleados
como mínimo, en UN (1) turno de OCHO (8) horas diarias,
durante DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año.
Que
la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. incorporará en el marco del
proyecto de ampliación el siguiente equipamiento: DOSCIENTAS
(200) muñequeras antiestática; VEINTE (20) tobilleras
antiestáticas; CIENTO CINCUENTA (150) estribos; DIECIOCHO (18)
estanterías; CUARENTA (40) estanterías para almacenaje
de materiales; DOS (2) cintas transportadoras; SEIS (6) mesas de
reparación y equipamiento; CIENTO CINCUENTA (150) sillas
antiestáticas; VEINTE (20) lupas de trabajo; CIEN (100)
pinzas; TREINTA (30) escáneres 1D; DOCE (12) ionizadores,
boquillas y fuentes; DOCE (12) atornilladores eléctricos,
fuentes y balanceadores a resorte (de cada uno); DOCE (12)
alimentadores de tornillos y rieles; UNA (1) cámara de
ambiente controlado; TRES (3) sistemas de microscopios por video
caltex; TRES MIL CUARENTA Y OCHO (3.048) sim cards gemalto (testeo);
OCHO (8) prensas BYD (prensas para lentes de cámara y
parlantes); DIECISÉIS (16) fixtures BYD (elementos para
prensas); VEINTINUEVE (29) fixtures jinya (elementos para prensas);
VEINTICUATRO (24) fixtures centronix (elementos para prensas); varios
cables RF huber & suhner; varios cables sinbon; varios high speed
emu 50 ohms DB9 (conexionadores); varios cables USB y DB9;
TRESCIENTAS (300) puntas para atornilladores eléctricos; CINCO
(5) balanzas comerciales; DIECINUEVE (19) impresoras sato (etiquetado
de productos); CIEN (100) puestos de red p2i, con materiales e
instalación; UN (1) receptor GPS (testeo); CINCUENTA Y DOS
(52) notebooks y monitores (equipos de trazabilidad); CINCUENTA (50)
computadoras HP 3500 (soporte informático); UN (1) servidor
blade ibm (soporte informático).
Que
la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. se compromete a cumplimentar los
compromisos asumidos en el proyecto de inversión dentro de los
TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días a partir de la entrada
en vigencia de la presente resolución.
Que
la Comisión de Evaluación creada por el Artículo
5° de la Resolución N° 141 de fecha 14 de junio de
1995 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, reglamentaria
del Decreto N° 479/95, en el Acta N° 55 de fecha 19 de
noviembre de 2014, cuya copia obra a fojas 373/376 del expediente
mencionado en el Visto, aprobó por unanimidad el proyecto
presentado por la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. por encuadrar en los
objetivos y requisitos de la legislación aplicable.
Que
la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
por el Artículo 10 del Decreto N° 490/03.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE INDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO
1° — Amplíase el compromiso asumido por la firma
ELECTRONIC SYSTEM S.A. en el marco del Régimen del Decreto N°
490 de fecha 5 de marzo de 2003, dispuesto en el Artículo 1°
de la Resolución N° 4 de fecha 25 de enero de 2010 de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Dicha
ampliación consiste en PESOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS
DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 10.916.492) de
inversión en activo fijo y en PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES
CIENTO NOVENTA Y TRES MIL ($ 65.193.000) de inversión en
capital de trabajo durante el primer año, PESOS VEINTIDÓS
MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 22.586.000) durante el
segundo año y PESOS DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS
NUEVE MIL ($ 16.809.000) durante el tercer año, totalizando
una inversión de PESOS CIENTO QUINCE MILLONES QUINIENTOS
CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA DOS ($ 115.504.492) al cabo del
tercer año.
ARTÍCULO
2° — La firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. se obliga a incorporar
en el marco del proyecto de ampliación el siguiente
equipamiento: DOSCIENTAS (200) muñequeras antiestática;
VEINTE (20) tobilleras antiestáticas; CIENTO CINCUENTA (150)
estribos; DIECIOCHO (18) estanterías; CUARENTA (40)
estanterías para almacenaje de materiales; DOS (2) cintas
transportadoras; SEIS (6) mesas de reparación y equipamiento;
CIENTO CINCUENTA (150) sillas antiestáticas; VEINTE (20) lupas
de trabajo; CIEN (100) pinzas; TREINTA (30) escáneres 1D; DOCE
(12) ionizadores, boquillas y fuentes; DOCE (12) atornilladores
eléctricos, fuentes y balanceadores a resorte (de cada uno);
DOCE (12) alimentadores de tornillos y rieles; UNA (1) cámara
de ambiente controlado; TRES (3) sistemas de microscopios por video
caltex; TRES MIL CUARENTA Y OCHO (3.048) sim cards gemalto (testeo);
OCHO (8) prensas BYD (prensas para lentes de cámara y
parlantes); DIECISÉIS (16) fixtures BYD (elementos para
prensas); VEINTINUEVE (29) fixtures jinya (elementos para prensas);
VEINTICUATRO (24) fixtures centronix (elementos para prensas); varios
cables RF huber & suhner; varios cables sinbon; varios high speed
emu 50 ohms DB9 (conexionadores); varios cables USB y DB9;
TRESCIENTAS (300) puntas para atornilladores eléctricos; CINCO
(5) balanzas comerciales; DIECINUEVE (19) impresoras sato (etiquetado
de productos); CIEN (100) puestos de red p2i, con materiales e
instalación; UN (1) receptor GPS (testeo); CINCUENTA Y DOS
(52) notebooks y monitores (equipos de trazabilidad); CINCUENTA (50)
computadoras HP 3500 (soporte informático); UN (1) servidor
blade ibm (soporte informático).
ARTÍCULO
3° — Amplíase la capacidad máxima de
producción del proyecto aprobada en el Artículo 3°
de la Resolución N° 4/10 de la ex SECRETARÍA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, sobre
la base del equipamiento informado y del compromiso asumido por la
firma ELECTRONIC SYSTEMA S.A. a UN MILLÓN NOVECIENTAS NOVENTA
Y CINCO MIL (1.995.000) de unidades anuales de equipos de
radiocomunicaciones móviles celulares a producirse en TRES (3)
turnos de OCHO (8) horas diarias, durante DOSCIENTOS TREINTA Y UN
(231) días al año en las plantas 2 y 5 de la firma
NEWSAN S.A. localizadas en la calle Eva Perón N° 97 y en
la Avenida Perito Moreno N° 3875 respectivamente, ambas de la
Ciudad de Ushuaia, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.
Para
alcanzar capacidad máxima de producción, la firma
relocalizará CIENTO CINCUENTA Y CINCO (155) empleados
actualmente afectados a otros proyectos e incorporará
DOSCIENTOS VEINTITRÉS (223) nuevos empleados.
ARTÍCULO
4° — Amplíase la producción mínima
comprometida por la firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. de conformidad con
el Artículo 4° de la Resolución N° 4/10 de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA, modificada por la Resolución N° 77 de
fecha 5 de abril de 2010 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y TURISMO, a DOSCIENTAS CINCUENTA MIL (250.000) unidades
anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares,
en UN (1) turno de OCHO (8) horas diarias, durante DOSCIENTOS TREINTA
Y UN (231) días al año.
ARTÍCULO
5° — Elévase el compromiso asumido por la firma
ELECTRONIC SYSTEM S.A. de mantener CIENTO ONCE (111) empleados como
mínimo, en UN (1) turno de OCHO (8) horas diarias, durante
DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año.
ARTÍCULO
6° — La firma ELECTRONIC SYSTEM S.A. se obliga a
cumplimentar los compromisos asumidos en el proyecto de inversión
dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días de la
entrada en vigencia de la presente resolución.
ARTÍCULO
7° — El incumplimiento por parte de la firma ELECTRONIC
SYSTEM S.A. de los compromisos asumidos en la presente resolución
en el marco del Régimen del Decreto N° 490/03 dará
lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Anexo
II del Decreto N° 479 de fecha 4 de abril de 1995.
ARTÍCULO
8° — La presente resolución entrará en
vigencia a partir del día de su publicación en el
Boletín Oficial.
ARTÍCULO
9° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Lic. JAVIER RANDO, Secretario de Industria, Ministerio de
Industria.
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