COMUNICACIÓN “A”
5669
Instrucciones para
la presentación de la información requerida a través de la Comunicación “A”
5668.
Buenos Aires, 25 de
Noviembre de 2014.
Nos dirigimos a Uds. en
relación con la Comunicación “A” 5668 vinculada con el régimen informativo de
referencia.
Al respecto les hacemos
llegar en el Anexo II las instrucciones para la presentación de la información
requerida a través de la circular citada y la actualización del Anexo I, cuya
vigencia será de aplicación a partir de las informaciones correspondientes al
31.10.2014.
Saludamos a Uds.
atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA
Ricardo O. Maero
Gerente Principal de
Régimen Informativo y Centrales de Información
Estela M. del Pino Suárez
Subgerente General de
Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros
ANEXO
Aclaraciones a la leyenda
de error 27
Cuando se aplica la validación contenida en el código
de error 27, se verifica el cumplimiento de lo establecido en la siguiente tabla:
Tipo de operación
|
Tipo de acreedor
|
1
|
Distinto de 4
|
2
|
Distinto de 4
|
3
|
Igual a 4
|
4
|
Distinto de 4
|
5
|
Igual a 1 ó 5
|
6
|
Igual a 1 ó 5
|
7
|
Igual a 1, 4 ó 5
|
8
|
Distinto de 4
|
9
|
Distinto de 4
|
Disposiciones transitorias
Información a disposición
de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias:
Instrucciones para el
envío dispuesto por Comunicación “A” 5668
1. La información referida
a las operaciones con código 8 y 9, requerida conforme las disposiciones de la
Comunicación “A” 5668, se grabará en un archivo comprimido denominado
“SEGDISP.ZIP” que contendrá los archivos denominados “SEGDISP1.TXT” y/o
“SEGDISP2.TXT” según corresponda, los cuales se grabarán conforme a los diseños
de registro 6301 y 6302 respectivamente, insertos en el punto 30.4.
El archivo se remitirá
accediendo al sitio de Internet (https://www3.bcra.gov.ar) e identificándose
con el mismo código de usuario y Password de acceso único por entidad
(Comunicación “B” 7120), seleccionando el período a informar, el que deberá
coincidir con la fecha informada en el campo 3 de los diseños antes
mencionados.
Para la identificación de
este requerimiento se utilizará “00019” para código de Régimen y para código de
requerimiento “00002”.
2. Las fechas a consignar
en los campos 3 y 9 de ambos diseños, deberán respetar las siguientes pautas:
- Diseño 6301: Campos 3
(fecha de información) y 9 (fecha de ingreso de las divisas) deberán ser
iguales. Sólo se reportará en oportunidad del inicio de la operación.
- Diseño 6302: Campo 3
(fecha de información) deberá ser coincidente con la informada en el diseño
6301 para la misma operación, mientras que la informada en el campo 9 (fecha de
aplicación/afectación/reducción) corresponderá a la novedad que se está reportando.
3. Si bien todos los
campos son de integración obligatoria en la base a disposición, cuando se
efectúe el envío por este requerimiento, sólo se verificará la correcta
integración de los campos 1 a 12, 14, 16, 18 a 21 y 26 del diseño 6301,
pudiendo informarse los restantes con ceros o blancos según corresponda, por lo
que no serán de aplicación los controles relacionados con los campos citados
(errores: 02, 11, 16, 26, 28 a 32 y 101 a 103).
Teniendo en cuenta que el
diseño 6301 se reportará sólo en oportunidad del inicio de estas operaciones,
se verificará que el monto informado en el campo 20 sea igual al informado en
el campo 18.
Cada vez que se reporte
una novedad en el diseño 6302, deberán incluirse la totalidad de
aplicaciones/afectaciones/ reducciones informadas previamente para la misma
operación.
4. Los envíos deberán
realizarse en el plazo establecido, aún cuando no se conozcan los resultados de
validación de envíos previos.