Comunicación
"A" 5658
Régimen Informativo
Contable Mensual "Operaciones de Cambios" (R.I. - O.C.). Anticipos y
Prefinanciación.
Buenos Aires, 30 de
Octubre de 2014
Nos dirigimos a Uds. en
relación con la Comunicación “A” 5657 relacionada con el régimen informativo de
la referencia.
Al respecto, les hacemos
llegar las hojas que corresponde reemplazar en el texto ordenado de la Sección
23 de Presentación de Informaciones al Banco Central oportunamente difundidas,
como así también las relacionadas con la incorporación del Anexo IV “Información
de transferencias recibidas en el corresponsal de terceros pendientes de
concertación, aplicadas al cierre del día a depósitos en moneda extranjera en
el BCRA en el marco de la Comunicación “A” 5655”.
Por último, les aclaramos
que estas modificaciones tendrán vigencia a partir de las informaciones
correspondientes al 31.10.14.
Saludamos a Uds.
atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA
Rodrigo J. Danessa
Gerente de Régimen
Informativo
Ricardo O. Maero
Gerente Principal de
Régimen Informativo y Centrales de Información
Anexo IV
Anexo Apartado D:
Información de transferencias recibidas en el corresponsal de terceros
pendientes de concertación, aplicadas al cierre del día a depósitos en moneda
extranjera en el BCRA en el marco de la Comunicación “A” 5655.
1. Instrucciones Generales
1.1. La información
incluida en este anexo es de frecuencia diaria y se remitirá simultáneamente
con el apartado D, teniendo en cuenta que los datos que se solicitan en el
presente requerimiento corresponden a transferencias recibidas en el
corresponsal aplicadas a depósitos en moneda extranjera en el B.C.R.A. en el
marco de la Comunicación “A” 5655 (punto D.1.3.1. de las N.P.).
1.2. La información se
remitirá accediendo al sitio de Internet (https://www3.bcra.gov.ar) e
identificándose con el mismo código de usuario y Password de acceso único por
entidad (Comunicación “B” 7120).
Para la identificación de
este requerimiento se utilizará “00014” para código de Régimen y para código de
requerimiento “00017”.
En caso de no registrar
operaciones relacionadas con este anexo se deberá elegir la opción “NO OPERA”
al momento de enviar la información.
1.3. El archivo plano
“ANEXOD.TXT” será de longitud variable, conforme al diseño de registro inserto
en el punto 3. Para su integración, se deberá utilizar el delimitador “;” como
separador de campos. Cuando en un campo no existan datos a informar se
consignará “;;” sin mediar espacios en blancos.
Deberá respetar la
codificación de caracteres ANSI – 1252. Al final de cada registro se deben
consignar los caracteres hexadecimales que representan un <CR> “Carriage
Return” y un <LF> “Line Feed” cuyos valores hexadecimales son 0D0A.
El último campo de cada
registro NO debe contener al final del mismo “;”. Es decir, la cantidad de “;”
por registro es igual a la cantidad de campos esperados menos 1. Por ejemplo:
en el diseño “ANEXOD.TXT” se esperan 6 campos por renglón, por lo tanto, habrá
5 “;”.
1.4. Los campos tipo
carácter, deberán grabarse con caracteres mayúsculas y sin acentos, no deberán
contener caracteres tabuladores ni comillas.
No deben utilizarse en
estos campos el carácter nueva línea (Enter) utilizado como separador de
registros y el carácter punto y coma (;) que representa el limitador de campos.
1.5. Las entidades deberán
tomar los recaudos necesarios para proceder a rectificar este anexo toda vez
que se modifique el monto consignado en el punto D.1.3.1 del Apartado D.
2. Validación de la
información.
Los listados
correspondientes a los resultado de los procesos de validación estarán
disponibles en el sitio seguro https://www3.bcra.gob.ar.
3. Diseño de Registro.