Resolución 213/2014
Prorróguese la
habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de la firma XSTORAGE
S.A. (CUIT Nº 30-68551645-0), ubicado a la altura del km TRESCIENTOS
VEINTINUEVE CON CUARENTA Y TRES (329,43) margen derecha del Río Paraná,
Ramallo, Provincia de Buenos Aires, jurisdicción de la Aduana de San Nicolás,
hasta el día 31 de diciembre de 2014.
Buenos Aires, 24 de
Octubre de 2014.
VISTO la Actuación SIGEA
Nº 12627-88-2011/19 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma XSTORAGE S.A. (CUIT Nº 30-68551645-0) solicita una prórroga
de la habilitación aduanera provisoria otorgada mediante Resolución Nº 96/2014
(SDG OAI) al muelle de su propiedad, ubicado a la altura del km TRESCIENTOS VEINTINUEVE
CON CUARENTA Y TRES (329,43) margen derecha del Río Paraná, Ramallo, Provincia
de Buenos Aires, jurisdicción de la Aduana de San Nicolás.
Que se encuentra
acreditado en la Actuación SIGEA Nº 12627-88-2011 que la habilitación del
citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de
Transporte por Expediente Nº S01:0019612/11.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación aduanera
oportunamente otorgada, hasta el día 31 de diciembre de 2014.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición
Nº 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE
LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese
la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de la firma XSTORAGE
S.A. (CUIT Nº 30-68551645-0), ubicado a la altura del km TRESCIENTOS
VEINTINUEVE CON CUARENTA Y TRES (329,43) margen derecha del Río Paraná,
Ramallo, Provincia de Buenos Aires, jurisdicción de la Aduana de San Nicolás,
hasta el día 31 de diciembre de 2014.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a
la Aduana de San Nicolás para su conocimiento y notificación. — CESAR EDUARDO
BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.