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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of: |
Aviso Nº 1 |
26/01/1996
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Fecha: |
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Dependencia:
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AV-Nº 1-1996-ANA |
Tema:
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ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE ADUANAS
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Asunto:
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REINTEGROS. EXPORTACIÓN.
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Para cumplimentar con lo previsto por la Resolución N° 4505/95 - Anexo I - pto. 1.3.
las jefaturas aduaneras de las distintas terminales portuarias, deberán
remitir a la división Exportación - Sección cancelaciones, en el plazo máximo
de 48 horas de la salida del buque, en fotocopia o en triplicado un juego con
todos los OM-2162 "COMUNICACION DE
EMBARQUE" utilizados en la carga del medio transportador, intervenidos
por el guarda de ribera que tiene a su cargo el control de la
operación de carga, como así también una copia o triplicado de la
"COMUNICACION DE EMBARQUE DEFINITIVA", debidamente intervenida por
la jefatura del punto, integrados según lo previsto en las Resoluciones N° 4148/95 y 3022/93. |
Las fotocopias o el triplicado aludido,
serán provistos por el licenciatario que tenga a cargo
la Terminal
Portuaria y para las operaciones de carga que se
efectúen en zona portuaria abierta por el Agente de Transporte Aduanero (A.T.A.), teniendo en
cuenta que deben ser perfectamente legibles (Resol. N°
4505/95, Punto 1.2), devolviéndose aquellas que no cumplan con este último
requisito. |
A los fines de la integración del OM-2162
previsto en la
Resolución N°
3022/93 - anexo V
se deberán tener en cuenta para su llenado, de
acuerdo con el sector indicado, las siguientes pautas a saber: |
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OPERACIONES CONSOLIDADAS: Se deberá repetir tantas veces como
Permisos de Embarque integren el contenedor,
el número de este último, utilizando para ello un renglón del formulario en
cuestión con el número del documento aduanero correspondiente. |
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CODIGO DE ADUANA: Además del número de documento aduanero deberá
anteponerse al mismo el código de aduana
donde se documentó la operación y el año del mismo. (Ej.: P.E.
N° 000001-8 del 26/01/95 de la aduana de
Buenos Aires se integrará el casillero Documento de Embarque de la siguiente
manera: 019500001-8). |
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FECHA DE ZARPADA: En la Comunicación de
Embarque Definitiva en la parte superior donde constan los datos referidos
al medio transportador agregarán a máquina la Fecha de Zarpada del
buque. |
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CANTIDAD: En el casillero correspondiente se colocarán: |
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La cantidad de contenedores embarcados por cada documento aduanero |
La cantidad de bultos sueltos (no consolidados) por cada Permiso de
Embarque. |
Para cargas sueltas consolidadas en la terminal
portuaria deberá declarar la cantidad total de bultos cuando se indica por primera vez el contenedor, no debiendo
reiterarse este cuando se repita el número de contenedor por contener
otro documento de embarque. |
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BANA 5/1996 |