Detalle de la norma CO-5652-2014-BCRA
Comunicación Nro. 5652 Banco Central de la República Argentina
Organismo Banco Central de la República Argentina
Año 2014
Asunto Pagos anticipados de importaciones de bienes (excepto Bienes de Capital).
Boletín Oficial
Fecha: 20/10/2014
Detalle de la norma

Comunicación "A" 5652

 

Pagos anticipados de importaciones de bienes (excepto Bienes de Capital).

 

Buenos Aires, 17 de Octubre de 2014.

 

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones introducidas en el Régimen Informativo de la referencia.

 

En este sentido, se incorpora en el Anexo II el siguiente código de concepto:

 

Ventas de Cambio

 

1. Mercancías

 

152 Pagos anticipados de importaciones de bienes (excepto bienes de capital)

 

Asimismo, se modifica la descripción del siguiente código de concepto:

 

156 Pagos anticipados de importaciones de bienes de capital

 

Las citadas modificaciones entrarán en vigencia a partir de la información correspondiente al 17/10/14.

 

Por otra parte, se reemplaza la hoja que se adjunta del Texto Ordenado pertinente.

 

Saludamos a Uds. atentamente.

 

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

 

Ricardo O. Maero

Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información

 

Estela M. del Pino Suárez

Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros

 

ANEXO

 

REGIMEN INFORMATIVO CONTABLE MENSUAL B.C.R.A.

10 – OPERACIONES DE CAMBIOS (R.I. – O.C.)

 

3. Aclaraciones

 

3.1. Para las operaciones en las que un único boleto de cambios comprenda más de una destinación de exportación a consumo, se deberá discriminar cada una de estas detallando:

 

· Número de boleto interno

· Número de orden correlativo (de acuerdo con el anexo al boleto físico)

· Número de permiso de embarque · Monto en divisas imputado a ese permiso de embarque en moneda original.

 

Se deberá proceder en el mismo sentido para los boletos de cambios que incluyan más de un despacho de importación, detallando:

 

· Número de boleto interno

· Número de orden correlativo (de acuerdo con el anexo al boleto físico)

· Número de despacho de importación o ZFI

· Fecha de embarque · Monto en divisas imputado a ese permiso de embarque en moneda original.

 

3.2. A las operaciones correspondientes a pagos de importaciones con registro aduanero pendiente (Códigos de concepto 152, 153, 155, 156 y 171) se les asignará un código a fin de efectuar su posterior seguimiento.

 

3.3. En los casos de ingresos por “Devolución de pagos de importaciones de bienes sin registro aduanero” (código de concepto 107) o de boletos técnicos realizados en el marco de la Comunicación “A” 4605 (códigos de concepto 117 y 975) a los efectos de identificar el pago al exterior que da origen al ingreso o a la utilización del margen previsto en la citada Comunicación, se deberá informar el número asignado a la operación de venta de cambio al cliente por el pago anticipado o a la vista realizado, de acuerdo con lo previsto en el punto anterior.

 

Versión: 16a. COMUNICACIÓN “A” 5652 Vigencia: 17/10/2014 Página 6

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
CO-5653-2014-BCRA Relaciona Pagos anticipados de importaciones de bienes (excepto Bienes de Capital).