Detalle de la norma DR-38-2014-CCM
Directiva Nro. 38 Comisión de Comercio del Mercosur
Organismo Comisión de Comercio del Mercosur
Año 2014
Asunto Acciones puntuales por razones de abastecimiento, de rayón viscosa
Detalle de la norma

DR/ 38/2014/CCM

 

 

ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO

POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Argentina para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en el marco de la situación prevista en el inciso 1 del artículo 2 de la Resolución GMC Nº 08/08.

 

Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.

 

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR

APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

 

Art. 1 - Aprobar en el marco de la Resolución GMC N° 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la República Argentina para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

 

NCM 5504.10.00  - De rayón viscosa

                  

 

Cantidad: 4.800 toneladas

Plazo: 12 meses

Alícuota: 2 %

 

Art. 2 – Solicitar a los Estados Partes signatarios del Acuerdo de Complementación Económica N° 18 (ACE N° 18) que instruyan a sus respectivas Representaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), a protocolizar la presente Directiva en el marco del ACE N° 18, en los términos establecidos en la Resolución GMC N° 43/03.

 

Art. 3 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Argentina. Esta incorporación deberá ser realizada antes del        10/XII/2014

 

 

CXXXVII CCM - Montevideo, 10/IX/14.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
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