RE/30/2014/GMC
ADDENDUM N° 3 AL
CONVENIO DE FINANCIACIÓN N° DCI-ALA/2008/020-297 MERCOSUR – UNIÓN EUROPEA
PROGRAMA “MERCOSUR AUDIOVISUAL”
VISTO: El Tratado de
Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que el 22 de julio de 2009
fue suscripto el Convenio de Financiación entre el MERCOSUR y la Unión Europea,
que tiene como objetivo fortalecer el sector cinematográfico y audiovisual del
MERCOSUR.
Que mediante la Decisión
CMC Nº 12/04 se delegó en el Grupo Mercado Común la facultad de suscribir
convenios en el marco de la negociación de programas de cooperación técnica.
Que resulta necesario
postergar la finalización del período de ejecución del Programa.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 – Aprobar la
suscripción del Addendum N° 3 al Convenio de Financiación N°
DCI-ALA/2008/020-297 MERCOSUR – UE Programa “MERCOSUR Audiovisual”, que consta
como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 – El Anexo de la
presente Resolución se encuentra únicamente en español.
Art. 3 – Esta Resolución
no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por
reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
GMC
(Dec. CMC Nº 20/02, Art. 6) – Montevideo, 20/VIII/14.
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