Detalle de la norma DC-17-2014-CMC
Decisión Nro. 17 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2014
Asunto Reunión de Autoridades sobre Privacidad y Seguridad de la Información e Infraestructura Tecnológica del MERCOSUR (RAPRISIT)
Detalle de la norma

DC/17/2014/CMC

 

 

REUNIÓN DE AUTORIDADES SOBRE PRIVACIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA DEL MERCOSUR

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.

 

CONSIDERANDO:

 

Que las acciones de espionaje cibernético podrían afectar el desenvolvimiento de las actividades de los Estados, organizaciones y población en general.

 

Que existe la necesidad de promover posiciones comunes relacionadas con la Gobernanza de internet, con énfasis en los aspectos de seguridad cibernética y en particular la privacidad de los individuos.

 

Que según lo indica el reporte del Grupo Asesor de Expertos Gubernamentales en Ciberseguridad del Secretario General de Naciones Unidas, es necesario el diálogo entre Estados para reducir el riesgo colectivo y proteger las infraestructuras nacionales e internacionales.

 

Que es necesario el compromiso de trabajar en conjunto para garantizar la seguridad cibernética de los países de la región, aspecto esencial para la defensa de su soberanía.

 

 

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

 

Art. 1 – Crear la Reunión de Autoridades sobre Privacidad y Seguridad de la Información e Infraestructura Tecnológica del MERCOSUR (RAPRISIT), como órgano auxiliar del Consejo del Mercado Común.

 

Art. 2 – La RAPRISIT tendrá como función proponer políticas e iniciativas comunes en el área de la seguridad cibernética y la privacidad.

 

Art. 3 – La RAPRISIT podrá crear en su ámbito instancias de expertos para la discusión de aspectos técnicos relacionados con su mandato.

 

Art. 4 – Los Estados Asociados podrán participar en la RAPRISIT, de acuerdo a la normativa aplicable, en los términos de las Decisiones CMC N° 18/04 y 11/13, sus normas modificatorias y/o complementarias.

 

Art. 5 – Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

 

XLVI CMC – Caracas, 28/VII/14.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DC-18-2004-CMC Reunión de Autoridades sobre Privacidad y Seguridad de la Información e Infraestructura Tecnológica del MERCOSUR (RAPRISIT)