DC/15/2014/CMC
ADHESIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL PERÚ AL “ACUERDO SOBRE EXENCIÓN DE TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS
ADMINISTRATIVOS PARA EFECTOS DE INMIGRACIÓN ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL
MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE”
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, y las Decisiones Nº 45/00, 28/02, 39/03,
18/04 y 28/04 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que mediante la Decisión
CMC Nº 45/00 se aprobó la firma del “Acuerdo sobre Exención de Traducción de
Documentos Administrativos para efectos de Inmigración entre los Estados Partes
del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”.
Que por Decisión CMC N°
39/03 se oficializó la incorporación de la República del Perú como Estado
Asociado del MERCOSUR.
EL CONSEJO DEL MERCADO
COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la
Adhesión de la República del Perú al “Acuerdo sobre Exención de Traducción de
Documentos Administrativos para efectos de Inmigración entre los Estados Partes
del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, suscripto el 15
de diciembre de 2000, en la ciudad de Florianópolis, República Federativa del
Brasil.
Art. 2 - Esta Decisión no
necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por
reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLVI CMC – Caracas,
28/VII/14.
ACTA DE ADHESIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL PERÚ AL “ACUERDO SOBRE EXENCIÓN DE TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS
ADMINISTRATIVOS PARA EFECTOS DE INMIGRACIÓN ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL
MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE”
La República del Perú
expresa su plena y formal adhesión al “Acuerdo sobre Exención de Traducción de
Documentos Administrativos para efectos de Inmigración entre los Estados Partes
del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, del 15 de
diciembre de 2000, y suscribe la presente Acta de Adhesión.
La República del Paraguay
será depositaria de la presente Acta de Adhesión.
El referido Acuerdo
entrará en vigor para la República del Perú en el día de la fecha.
FIRMADA en la ciudad de
Caracas, República Bolivariana de Venezuela, a los veintiocho días del mes de
julio de dos mil catorce, en un original, en los idiomas español y portugués,
siendo ambos textos igualmente auténticos.
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Por la República Argentina
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Por la República del Perú
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Por la República
Federativa del Brasil
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Por el Estado
Plurinacional de Bolivia
Por la República de Chile
Por la República del
Paraguay
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Por la República Oriental
del Uruguay
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Por la República
Bolivariana de Venezuela