Resolución General 3682/2014
Modifícase el Anexo
I de la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones
Buenos Aires, 9 de Octubre
de 2014.
VISTO la Resolución
General Nº 2.854 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma
estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a
las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito fiscal.
Que de acuerdo con lo
dispuesto en el Artículo 3° de la referida norma corresponde informar las
nuevas designaciones de los agentes de retención.
Que han tomado la
intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección
General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase
el Anexo I de la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, en la forma
que se detalla seguidamente:
- Incorpóranse a los
contribuyentes que se indican a continuación:
“30-71451508-6 TECHINT
COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL S.A.C.E I. - PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F.E I. -
GNEA - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS.”
“33-71417971-9 FONDO
FIDUCIARIO PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS (FON.FI.CO.VI).”
Art. 2° — Lo establecido
en el artículo anterior tendrá efectos a partir del día 1 de octubre de 2014.
Art. 3° — Regístrese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Ricardo Echegaray.