Comunicación
"A" 5625
Anticipos y
prefinanciaciones de exportaciones. Modificación de la Comunicación
"A" 4443 BCRA.
Buenos Aires, 1 de
Septiembre de 2014.
Nos dirigimos a Uds. a los
efectos de comunicarles que se ha dispuesto con vigencia a partir del 2/09/2014
inclusive, modificar el punto 1. g. de la Comunicación “A” 4443 del 22/11/05
modificado por la Comunicación “A” 4902 del 5/02/09, por el siguiente:
“g. En el caso de
operaciones de prefinanciación de exportaciones, sean otorgadas por:
1. entidades bancarias del
país o del exterior,
2. entidades financieras
cuyas actividades estén bajo la órbita de regulación específica del organismo
de supervisión bancaria del país de residencia de la entidad otorgante de la
financiación,
3. agencias oficiales de
crédito a la exportación,
4. organismos
internacionales o sus agencias vinculadas,
5. matrices y/o filiales
del exterior del exportador,
6. fondos del exterior
constituidos íntegramente con recursos de fondos de jubilaciones y pensiones,
y/o tienen a la fecha de otorgamiento de la prefinanciación en forma directa o
a través de fondos controlados, vigentes líneas de crédito con organismos
internacionales o sus agencias vinculadas destinadas a financiar operaciones de
comercio exterior,
7. otros fondos del
exterior que estén constituidos mayoritariamente con fondos de pensiones y/o
compañías de seguro del exterior y/o entidades bancarias del exterior y/o organismos
multilaterales de crédito, y que estén: a) constituidos en países miembros de
la OCDE y/o el GAFI, b) regulados y supervisados por el banco central del país
de radicación del fondo u organismo que ejerza funciones similares en materia
de supervisión y regulación bancaria y financiera, y c) que no tengan
mayoritariamente como inversores de última instancia, a residentes locales”.
Saludamos a Uds.
atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA
Marina Ongaro
Gerente de Normas e
Investigación de Exterior y Cambios
Jorge L. Rodríguez
Gerente Principal de
Exterior y Cambios