RE-12-2014-CTMFM
Norma estableciendo
un área de veda de primavera para la especie merluza (Merluccius hubbsi) en la
Zona Común de Pesca.
Bs. As., 18/9/2014
Visto:
La necesidad de
contribuir a la conservación y racional explotación de la especie merluza
(Merluccius hubbsi), mediante el establecimiento de áreas de veda que protejan
las concentraciones de juveniles de dicha especie en la Zona Común de Pesca.
Considerando:
Que sobre la base de las
investigaciones conjuntas oportunamente realizadas dentro del marco del
artículo 82 inciso b) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, se
ha comprobado la presencia en la Zona Común de Pesca de concentraciones de
ejemplares juveniles de la especie merluza (Merluccius hubbsi) que es necesario
preservar.
Atento:
A lo establecido en los
artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente
Marítimo y en la Resolución 2/93 de esta Comisión.
LA COMISION TECNICA MIXTA
DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Establecer
un área de veda de primavera para la explotación de la especie merluza
(Merluccius hubbsi) en el sector de la Zona Común de Pesca, comprendido entre
los siguientes puntos geográficos:
a) 34°50’S - 52°57’W
b) 35°12’S - 52°22’W
c) 37°08’S - 54°23’W
d) 36°36’S - 55°02’W
ARTICULO 2° — Prohibir el
uso de redes de arrastre de fondo en el área establecida en el Art. 1°.
ARTICULO 3° — Fijar la
vigencia de la presente Resolución desde el 1 de octubre al 31 de diciembre de
2014, inclusive.
ARTICULO 4° — Considerar
la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
ARTICULO 5° — Comunicar
esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República
Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del
Uruguay.
ARTICULO 6° — Dar
conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín
Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República
Oriental de Uruguay. — Capitán de Navío (R) JULIO C. SUÁREZ, Presidente. —
Embajador HERNÁN D. ORDUNA, Vicepresidente.