Resolución 478/2014
Danse a conocer las
medidas adoptadas por la Resolución Nº 2162 de fecha 25 de junio de 2014 del
Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS, relativas a las medidas referentes
al régimen de sanciones respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE, la que como
Anexo forman parte integrante de la presente resolución.
Buenos Aires, 15 de Agosto
de 2014.
VISTO el Expediente Nº
28.247/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el
Decreto Nº 1521 de fecha 1° de noviembre de 2004 y la Resolución Nº 2153 de
fecha 25 de junio de 2014 del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1° del
Decreto Nº 1521/04 estipula que las resoluciones del Consejo de Seguridad de
las NACIONES UNIDAS que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de
esa organización y que decidan medidas obligatorias para los Estados Miembros,
que no impliquen el uso de la fuerza armada, y conlleven sanciones, así como
las decisiones respecto de la modificación y finalización de éstas, serán dadas
a conocer por este Ministerio a través de resoluciones a publicarse en el
Boletín Oficial.
Que mediante la Resolución
Nº 1341 de fecha 17 de junio de 2005 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se dieron a conocer las sanciones
adoptadas por el Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS en sus
Resoluciones Nros. 1572 de fecha 15 de noviembre de 2004 y 1584 de fecha 1° de
febrero de 2005, respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE.
Que mediante la Resolución
Nº 878 de fecha 8 de mayo de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se dieron a conocer las sanciones
adoptadas por el Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS en sus Resoluciones
Nros. 1727 de fecha 15 de diciembre de 2006 y 1782 de fecha 29 de octubre de
2007 respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE.
Que mediante la Resolución
Nº 342 de fecha 29 de julio de 2009 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se dieron a conocer las sanciones
adoptadas por el Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS en su Resolución
Nº 1842 de fecha 29 de octubre de 2008 respecto de la REPUBLICA DE CÔTE
D’IVOIRE.
Que mediante la Resolución
Nº 382 de fecha 2 de agosto de 2011 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se dieron a conocer las sanciones
adoptadas por el Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS en sus
Resoluciones Nros. 1946 de fecha 15 de octubre de 2010 y 1975 de fecha 30 de
marzo de 2011 respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE.
Que mediante la Resolución
Nº 115 de fecha 29 de febrero de 2012 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, se dieron a conocer las sanciones adoptadas por el Consejo de Seguridad
de las NACIONES UNIDAS en su Resolución Nº 1980 de fecha 28 de abril de 2011,
respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE.
Que mediante la Resolución
Nº 422 de fecha 5 de julio de 2012 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, se dieron a conocer las sanciones adoptadas por el Consejo de Seguridad
de las NACIONES UNIDAS en su Resolución Nº 2045 de fecha 26 de abril de 2012,
respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE.
Que mediante la Resolución
Nº 352 de fecha 19 de julio de 2013 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, se dieron a conocer las sanciones adoptadas por el Consejo de Seguridad
de las NACIONES UNIDAS en su Resolución Nº 2101 de fecha 25 de abril de 2013,
respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE.
Que mediante la Resolución
Nº 334 de fecha 11 de junio de 2014 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, se dieron a conocer las sanciones adoptadas por el Consejo de Seguridad
de las NACIONES UNIDAS en su Resolución Nº 2153 de fecha 29 de abril de 2014,
respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE.
Que mediante la Resolución
Nº 2162 de fecha 25 de junio de 2014 del Consejo de Seguridad de las NACIONES
UNIDAS se adoptan medidas referentes a la renovación del mandato de la ONUCI
(Operación de las NACIONES UNIDAS en CÔTE D’IVOIRE) y al régimen de sanciones
respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE.
Que resulta preciso dar a
conocer las medidas referentes al régimen de sanciones respecto de la REPUBLICA
DE CÔTE D’IVOIRE.
Que la Dirección de
Organismos Internacionales propicia el dictado de la presente resolución.
Que la Representación
Especial para Asuntos de Terrorismo y otros Delitos Conexos, la Dirección de
Africa Subsahariana, la Dirección de Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares
y Espaciales, la SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR y la SECRETARIA DE
RELACIONES EXTERIORES han intervenido en el ámbito de sus respectivas
competencias.
Que la presente medida se
dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto Nº
1521 de fecha 1° de noviembre de 2004.
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
RESUELVE:
Artículo 1° — Danse a
conocer las medidas adoptadas por la Resolución Nº 2162 de fecha 25 de junio de
2014 del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS, relativas a las medidas
referentes al régimen de sanciones respecto de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE,
la que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Héctor M. Timerman.