Detalle de la norma RE-543-2014-MAGP
Resolución Nro. 543 Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca
Organismo Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca
Año 2014
Asunto Dase por declarado el estado de emergencia agropecuaria y/o desastre agropecuario en la Provincia de Córdoba
Boletín Oficial
Fecha: 11/08/2014
Detalle de la norma

Resolución 543/2014

 

 Dase por declarado el estado de emergencia agropecuaria y/o desastre agropecuario en la Provincia de Córdoba.

 

 Bs. As., 6/8/2014

 

 VISTO el Expediente Nº S05:0018502/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.509 y su Decreto Reglamentario Nº 1.712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 16 de julio de 2014, y

 

 CONSIDERANDO:

 

 Que la Provincia de CORDOBA, a través del dictado del Decreto Provincial Nº 199 de fecha 5 de marzo de 2014, declara el estado de desastre agropecuario desde el 10 de septiembre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014, a los productores agropecuarios (agrícolas, ganaderos, forestales y otros) afectados por los incendios ocurridos entre los meses de agosto y septiembre de 2013, en las Pedanías y Localidades de los Departamentos que se detallan a continuación: Departamento Calamuchita: Pedanías Reartes, Santa Rosa y Cañada de Alvarez; Departamento Colón: Pedanías Calera Norte, Río Ceballos y San Vicente; Departamento lschilín: Pedanía Manzanas; Departamento Punilla: Pedanías San Antonio, Rosario, San Roque y Santiago; Departamento Río Cuarto: Pedanía San Bartolomé; Departamento Río Primero: Pedanías Chalacea y Timón Cruz; Departamento Río Seco: Pedanía Candelaria Norte; Departamento San Alberto: Pedanía Nono; Departamento San Javier: Pedanías San Javier, Luyaba y Talas; Departamento Santa María: Pedanías Calera, Lagunilla, Alta Gracia, San Isidro y Potrero de Garay; Departamento Totoral: Pedanía Río Pinto; Departamento Río Cuarto: Localidades Las Tapias y Alpa Corral y Departamento San Justo: Localidades Villa Concepción del Tío, Balnearia y Altos de Chipión.

 

 Que asimismo el mencionado Decreto Provincial Nº 199/14 declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario desde el 29 de octubre de 2013 hasta el 30 de junio de 2014, según corresponda, a los productores agropecuarios afectados por la tormenta de granizo extraordinaria ocurrida durante el mes de octubre de 2013, en el Departamento Capital, Localidades Villa Esquiú, El Vergel, El Quebrachal, Villa Retiro y El Gateado.

 

 Que la Provincia de CORDOBA presentó ante la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS (CNEyDA) en la reunión del 16 de julio de 2014, el citado Decreto Nº 199/14 para el tratamiento de las situaciones de emergencia y/o desastre agropecuario indicadas en los considerandos primero y segundo de la presente resolución, en los términos de la Ley Nº 26.509.

 

 Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS entiende que es pertinente declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 10 de septiembre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014, a los productores agropecuarios afectados por incendios en diversas Pedanías y Departamentos de la Provincia de CORDOBA.

 

 Que asimismo la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS entiende que es pertinente declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 29 de octubre de 2013 hasta el 30 de junio de 2014, a los productores hortícolas afectados por la tormenta de granizo extraordinaria ocurrida durante el mes de octubre de 2013, en varias localidades del Departamento Capital.

 

 Que es necesario establecer el período por el cual se extenderán los actuales ciclos productivos para las actividades de las áreas afectadas a efectos de otorgar los beneficios contemplados en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509.

 

 Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha establecido que la finalización de los ciclos productivos es el 30 de septiembre de 2014 para las actividades y zonas indicadas en el primer considerando de la presente resolución y el 30 de junio de 2014 para las actividades y zonas indicadas en el segundo considerando de la presente resolución.

 

 Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

 

 Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y el Artículo 9° del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

 

 Por ello,

 

 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

 

 RESUELVE:

 

Artículo 1° — Dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 10 de septiembre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509, a los productores agropecuarios afectados por los incendios ocurridos entre los meses de agosto y septiembre de 2013, en las Pedanías y Localidades de los Departamentos que se detallan a continuación: Departamento Calamuchita: Pedanías Reartes, Santa Rosa y Cañada de Alvarez; Departamento Colón: Pedanías Calera Norte, Río Ceballos y San Vicente; Departamento Ischilín: Pedanía Manzanas; Departamento Punilla: Pedanías San Antonio, Rosario, San Roque y Santiago; Departamento Río Cuarto: Pedanía San Bartolomé; Departamento Río Primero: Pedanías Chalacea y Timón Cruz; Departamento Río Seco: Pedanía Candelaria Norte; Departamento San Alberto: Pedanía Nono; Departamento San Javier: Pedanías San Javier, Luyaba y Talas; Departamento Santa María: Pedanías Calera, Lagunilla, Alta Gracia, San Isidro y Potrero de Garay; Departamento Totoral: Pedanía Río Pinto; Departamento Río Cuarto: Localidades Las Tapias y Alpa Corral y Departamento San Justo: Localidades Villa Concepción del Tío, Balnearia y Altos de Chipión; todos de la Provincia de CORDOBA.

 

Art. 2° — Dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 29 de octubre de 2013 hasta el 30 de junio de 2014, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509, a los productores hortícolas afectados por la tormenta de granizo extraordinaria ocurrida durante el mes de octubre de 2013, en el Departamento Capital, Localidades de Villa Esquiú, El Vergel, El Quebrachal, Villa Retiro y El Gateado; de la Provincia de CORDOBA.

 

Art. 3° — Determínase que el 30 de septiembre de 2014 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las actividades de las áreas citadas en el Artículo 1° de la presente resolución y el 30 de junio de 2014 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las actividades de las áreas citadas en el Artículo 2° de la presente resolución, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

 

Art. 4° — A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley Nº 26.509, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.

 

Art. 5° — Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509.

 

Art. 6° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos H. Casamiquela.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona LE-26509-2009-PLN Dase por declarado el estado de emergencia agropecuaria y/o desastre agropecuario en la Provincia de Córdoba