Resolución 18/2014
Zona Operativa
Aduanera ubicada en el predio de 30.155,54 metros cuadrados de superficie, sito
en la Ruta Nacional Nº 3 de la ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz,
por el término de 360 días corridos, con igual carácter e idéntico alcance.
Aduana de Río Gallegos.
Buenos Aires, 5 de Agosto
de 2014.
VISTO la actuación SIGEA
Nº 12779-32-2014/1 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la División Aduana de Río Gallegos solicita una nueva prórroga por el
término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a la habilitación provisoria otorgada
mediante Resolución Nº 06/13 (DGA) de la Zona Operativa Aduanera ubicada en un
predio de TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 (30.155,54) metros
cuadrados de superficie, sobre la Ruta Nacional Nº 3, en la ciudad de Río
Gallegos, Provincia de Santa Cruz.
Que se encuentra
acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la
habilitación provisoria otorgada, atento que a la fecha no han finalizado la
totalidad de las obras de infraestructura para adecuar el predio en función de
las operaciones de comercio exterior a realizarse en dicho lugar operativo.
Que han tomado la
intervención que les compete la División Aduana de Río Gallegos, la Dirección
Regional Aduanera Comodoro Rivadavia y la Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente habilitar con carácter provisorio y por el término
de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 9° apartado 2 inc. n)
del Decreto 618 del 10 de julio de 1997.
Por ello:
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Habilítese
la Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA
Y CINCO CON 54/100 (30.155,54) metros cuadrados de superficie, sito en la Ruta
Nacional Nº 3 de la ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz, por el
término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos, con igual carácter e
idéntico alcance.
ARTICULO 2° — Estipúlese
la vigencia de la presente a partir del día de la fecha.
ARTICULO 3° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General de Aduanas.
Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
y la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia. Remítanse los actuados a
la División Aduana de Río Gallegos para su conocimiento, notificación y
aplicación. — Lic. BEATRIZ PAGLIERI, Directora General Adjunta, Dirección
General de Aduanas. — Cdor. Púb. CARLOS A. SANCHEZ, Director General, Dirección
General de Aduanas.