Ley 26955
Acuerdo entre el Gobierno de la República
Argentina y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la
construcción de un Puente Internacional sobre el Río Pepirí-Guazú, entre las
ciudades de San Pedro, Argentina, y Paraíso, Brasil, el 31 de enero de 2011.
Sancionada: Julio 2 de 2014
Promulgada: Julio 30 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE
LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL PARA
LA CONSTRUCCION DE UN PUENTE INTERNACIONAL SOBRE EL RIO PEPIRÍ-GUAZÚ, ENTRE LAS
CIUDADES DE SAN PEDRO, ARGENTINA, Y PARAÍSO, BRASIL, celebrado en Buenos Aires,
el 31 de enero de 2011, que consta de CINCO (5) artículos, cuya fotocopia
autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN
BUENOS AIRES, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.955 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas
Chedrese. — Gerardo Zamora.
Anexo de la presente Ley en el siguiente link.