Resolución 135/2014
Asunto: Prórroga
habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle Puerto DEL GUAZÚ S.A.
Aduana de Gualeguaychú.
Bs. As., 25/7/2014
VISTO la Actuación SIGEA
Nº 12492-252-2007/184 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT Nº 30-70832657-3) solicita una prórroga
de la habilitación aduanera otorgada mediante Resolución Nº 114/14 (SDG OAI)
para realizar operaciones aduaneras en el muelle correspondiente al puerto
particular de esa empresa, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná
Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad
de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de
Gualeguaychú.
Que se encuentra
acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12492-252-2007 que la habilitación
definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la
Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0100283/2006.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación
oportunamente concedida, con carácter provisorio hasta el día 31 de diciembre
de 2014, inclusive.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición
360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS
DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese
la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle del puerto de la
firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT Nº 30-70832657-3), ubicado sobre la margen izquierda
del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en
la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de
la Aduana de Gualeguaychú, para realizar operaciones aduaneras en forma
provisoria hasta el día 31 de diciembre de 2014, inclusive.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítanse los presentes a
la Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. — CESAR EDUARDO
BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.