Resolución 131/2014
Asunto: Prórroga
habilitación zona operativa aduanera muelle “Terminal Sólidos a Granel” PIEDRAS
BLANCAS S.A. Aduana de Paraná.
Bs. As., 21/7/2014
VISTO la Actuación SIGEA
N° 12502-375-2012/12 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma PIEDRAS BLANCAS S.A. (CUIT N° 33-70895695-9) solicita una
prórroga de la habilitación provisoria otorgada por la Resolución N° 84/14 (SDG
OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle del puerto de su
propiedad, denominado Terminal Sólidos a Granel, ubicado a la altura del
kilómetro SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DOS (689,2) del río Paraná, margen
izquierda, localidad de Hernandarias, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción
de la Aduana de Paraná.
Que se encuentra
acreditada en la Actuación SIGEA N° 12502-375-2012 que la habilitación
definitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la
Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, por expediente
EXP-S02:0016840/2012.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación
oportunamente otorgada, con carácter provisorio y hasta el día 31 de diciembre
de 2014, inclusive.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición
N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS
DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese
la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma PIEDRAS
BLANCAS SA (CUIT N° 33-70895695-9) para realizar operaciones aduaneras en el
muelle del puerto de su propiedad, denominado Terminal Sólidos a Granel, ubicado
a la altura del kilómetro SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DOS (689,2) del río
Paraná, margen izquierda, localidad de Hernandarias, Provincia de Entre Ríos,
en jurisdicción de la Aduana de Paraná, hasta el día 31 de diciembre de 2014,
inclusive.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana
de Paraná para su conocimiento y notificación. — CESAR EDUARDO BALCEDA,
Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.