Resolución 14-2014
Asunto: Prórroga
habilitación provisoria Zona Operativa Aduanera. Aduana de General Pico.
Bs. As., 15/7/2014
VISTO la Actuación SIGEA
Nº 16084-3-2013/3 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la División Aduana de General Pico solicita una prórroga por el
término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días de la habilitación provisoria
otorgada a la Zona Operativa Aduanera mediante Resolución Nº 11/13 (DGA). La
misma se asienta en un predio de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON
OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS (3.751,81 m2) de superficie, cedido en comodato
mediante Contrato Nº 2/12 (AFIP), que se identifica catastralmente como Ejido
021, Circunscripción II, Radio b, Quinta 005, Parcela 51, Partida Nº 763.932,
ubicado en el Lote 12, Fracción C, Sección I de la localidad de General Pico,
Departamento Maracó de la Provincia de La Pampa.
Que el requerimiento
formulado tiene su fundamento en la necesidad de contar, en el ámbito de la
mencionada Aduana, con un lugar operativo apto para realizar las tareas de
fiscalización y control propias del servicio aduanero, criterio que es
compartido por la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca y la Subdirección
General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que se encuentra
acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la
habilitación provisoria otorgada, atento que a la fecha no se han cumplido la
totalidad de los requerimientos necesarios para su habilitación como zona
primaria aduanera.
Que han tomado la
intervención que les compete la División Aduana de General Pico, la Dirección
Regional Aduanera Bahía Blanca y la Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación
oportunamente otorgada con carácter provisorio y por el término de TRESCIENTOS
SESENTA (360) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la
Resolución Nº 11/13 (DGA).
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9°, apartado 2,
inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de Julio de 1997.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese
la habilitación aduanera provisoria de la Zona Operativa Aduanera ubicada en el
predio de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON OCHENTA Y UN METROS
CUADRADOS (3.751,81 m2) de superficie, identificado catastralmente como Ejido
021, Circunscripción II, Radio b, Quinta 005, Parcela 51, Partida Nº 763.932,
ubicado en el Lote 12, Fracción C, Sección I de la localidad de General Pico,
Departamento Maracó de la Provincia de La Pampa, en jurisdicción de la Aduana
de General Pico, por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días, a contar
desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución Nº 11/13 (DGA), con
igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General de Aduanas.
Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca. Remítanse los presentes
a la División Aduana de General Pico para su conocimiento y notificación. —
Cdor. Púb. CARLOS A. SANCHEZ, Director General, Dirección General de Aduanas. —
Lic. BEATRIZ PAGLIERI, Directora General Adjunta, Dirección General de Aduanas.