Resolución 336-2014
Dase a conocer la
lista de personas y entidades sujetos a las medidas impuestas en el párrafo 4
de la Resolución N° 1521 (2003) del Comité del Consejo de Seguridad de las
NACIONES UNIDAS, relativas a la REPUBLICA DE LIBERIA y actualizada a la fecha 3
de abril de 2014, la que como Anexo forma parte integrante de la presente
resolución.
Buenos Aires, 11 de Junio
de 2014.
VISTO el Expediente N°
21.171/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el
Decreto N° 1521 de fecha 1° de noviembre de 2004 y las Resoluciones Nros. 1521
de fecha 22 de diciembre de 2003, 1532 de fecha 12 de marzo de 2004, 1961 de fecha
17 de diciembre de 2010, 2025 de fecha 14 de diciembre de 2011 y 2079 de fecha
12 de diciembre de 2012 del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2° del
Decreto N° 1521/04 establece que en los casos en que el Consejo de Seguridad de
las NACIONES UNIDAS o sus órganos subsidiarios identifiquen personas o
entidades sujetas al régimen de sanciones previsto en las resoluciones de ese
órgano, este Ministerio dará a conocer y actualizará los listados
correspondientes a través de resoluciones a publicarse en el Boletín Oficial.
Que mediante la Resolución
N° 2575 de fecha 10 de diciembre de 2010 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se dieron a conocer las medidas
adoptadas relativas a la REPUBLICA DE LIBERIA en virtud de la Resoluciones
Nros. 1521 (2003) y 1532 (2004) del Consejo de Seguridad de las NACIONES
UNIDAS.
Que mediante la Resolución
N° 561 de fecha 14 de noviembre de 2011 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se dieron a conocer la prórroga de
medidas impuestas a la REPUBLICA DE LIBERIA adoptada por medio de la Resolución
N° 1961 (2010) del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS.
Que mediante la Resolución
N° 174 de fecha 3 de mayo de 2013 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, se dieron a conocer las medidas relativas a la prórroga de las sanciones
impuestas a la REPUBLICA DE LIBERIA adoptada por las Resoluciones Nros. 2025
(2011) y 2079 (2012) del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS.
Que mediante la Resolución
N° 516 de fecha 21 de octubre de 2013 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, se dio a conocer la lista actualizada a la fecha 21 de enero de 2013 de
personas y entidades sujetos a las medidas impuestas en virtud del párrafo 4 de
la Resolución N° 1521 (2003) y del párrafo 1 de la Resolución N° 1532 (2004)
del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS.
Que mediante la Resolución
N° 53 de fecha 13 de febrero de 2014 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, se dio a conocer la lista actualizada a la fecha 23 de diciembre de 2013
de personas y entidades sujetos a las medidas impuestas en virtud del párrafo 4
de la Resolución N° 1521 (2003) y del párrafo 2 de la Resolución N° 1532 (2004)
del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS.
Que resulta preciso dar a
conocer la lista actualizada de personas y entidades sujetos a las medidas
impuestas en virtud del párrafo cuarto de la Resolución N° 1521 (2003) del
Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS.
Que la Dirección de
Organismos Internacionales propicia el dictado de la presente resolución.
Que la Representación
Especial para Asuntos de Terrorismo y otros Delitos Conexos, la Dirección de
Africa Subsahariana, la Dirección de Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares
y Espaciales, la Dirección General de Asuntos Consulares, la SUBSECRETARIA DE
POLITICA EXTERIOR y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES han intervenido en
el ámbito de sus respectivas competencias.
Que la presente medida se
dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° del Decreto N°
1521/04.
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
RESUELVE:
Artículo 1° — Dase a
conocer la lista de personas y entidades sujetos a las medidas impuestas en el
párrafo 4 de la Resolución N° 1521 (2003) del Comité del Consejo de Seguridad
de las NACIONES UNIDAS, relativas a la REPUBLICA DE LIBERIA y actualizada a la
fecha 3 de abril de 2014, la que como Anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Héctor Timerman.
Lista de personas sujetas
a la prohibición de viajar
Actualizada por última vez
el 3 de abril de 2014