Detalle de la norma RE-247-2014-SENASA
Resolución Nro. 247 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Organismo Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Año 2014
Asunto Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal 
Boletín Oficial
Fecha: 04/06/2014
Detalle de la norma

Resolución  247-2014

 

Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal aprobado por el Decreto Nº 4.238/68. Agentes de descontaminación de las superficies de las canales o carcasas.

 

Buenos Aires, 30 de Mayo de 2014.

 

VISTO el Expediente Nº S05:0553150/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Reglamento (UE) Nº 101 del 4 de febrero de 2013 de la Comisión Europea, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que los actuales sistemas productivos de cría de ganado utilizados en la REPUBLICA ARGENTINA pueden generar contaminaciones en las que prevalecen ciertos peligros para la salud del consumidor.

 

Que, entre ellas el “Síndrome Urémico Hemolítico” cuenta en nuestro país con la mayor incidencia en el mundo, con más de TRESCIENTOS (300) casos por año e índices que superan el DIEZ COMA SEIS CADA CIEN MIL (10,6/100.000) niños menores de CINCO (5) años, constituyendo la principal causa de insuficiencia renal aguda en este grupo de población con una mortalidad que va del DOS (2) al CINCO POR CIENTO (5%).

 

Que la reducción de patógenos en los diferentes eslabones de la cadena alimentaria, entre ellos las contaminaciones superficiales en las carcasas, es un factor determinante para reducir dichos índices.

 

Que existe bibliografía internacional y nacional, demostrando la utilidad de la aplicación de agentes físicos y químicos para reasegurar la higiene y reducir o eliminar los peligros que provocan las contaminaciones superficiales en las carcasas.

 

Que los agentes químicos de mayor utilización son los ácidos orgánicos como el ácido láctico, cítrico y acético.

 

Que la Comisión Permanente de Estudio y Actualización del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal aprobado por el Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968, ha tomado la debida intervención.

 

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomando la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.

 

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

 

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Incorporación. Se incorpora el Numeral 1.6 al Capítulo I del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal aprobado por el Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968, el cual queda redactado de la siguiente forma:

 

CAPITULO I

1. DEFINICIONES GENERALES

Agentes de descontaminación. Definición.

1.6.

Se entiende por agentes de descontaminación de las superficies de las canales o carcasas, a aquellos elementos físicos (vapor de agua y vacío) o químicos (ácidos orgánicos diluidos) en su composición, condiciones, proporciones y métodos de aplicación aprobados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), que tienen por objeto disminuir la carga bacteriana en todas las especies de faena permitida, pudiendo aplicarse luego del lavado y escurrido, previo al enfriado.

 

 

RTICULO 2° — Vigencia. La presente resolución entra en vigencia al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. DIANA M. GUILLEN, Presidenta, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DE-4238-1968-PEN Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal