RE- 08-2014
DEROGACIÓN DE LA
RESOLUCIÓN GMC 04/92
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nº 04/92 y 15/09 del
Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el contenido de la
Resolución GMC Nº 04/92 “Prácticas Adecuadas para la Fabricación y la
Inspección de Calidad de Medicamentos” corresponde a directrices
internacionales de la Organización Mundial de la Salud que ya no se encuentran
vigentes.
Que las prácticas
adecuadas para la fabricación y la inspección de calidad de medicamentos más
actualizadas para los Estados Partes corresponden a la Resolución GMC Nº 15/09
“Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Farmacéuticos y mecanismo de
implementación en el ámbito del MERCOSUR”.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 – Derogar la
Resolución GMC Nº 04/92 “Prácticas Adecuadas para la Fabricación y la
Inspección de Calidad de Medicamentos”.
Art. 2 - Esta Resolución
necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República
Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la
República Oriental del Uruguay. Esta incorporación deberá ser realizada antes
del 30/XI/14.
XCIV GMC – Caracas,
13/V/14.
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