Detalle de la norma RE-37-2014-SDGOAI
Resolución Nro. 37 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2014
Asunto Prórroga Habilitación Provisoria, precaria. dársena y muelle UTE, GNL. YPF
Boletín Oficial
Fecha: 20/05/2014
Detalle de la norma

Resolución  37-2014

 

Se prorroga la habilitación acordada por Resolución Nº 46/11 DGA, con carácter precario, por el término de 180 días de la zona operativa aduanera en el muelle de UTE Energía Argentina S.A. - YPF S.A. - Proyecto GNL Escobar - Unión Transitoria de Empresas, ubicado entre los kilómetros 74 y 75 del Río Paraná de las Palmas, en la localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires, jurisdicción de la Dirección Aduana de Buenos Aires, para la realización de operaciones aduaneras de descarga de Gas Natural Licuado (GNL).

 

Buenos Aires, 16 de Mayo de 2014.

 

VISTO el Alcance Nº 12184-178-2012/11 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el escrito del 9 de octubre de 2013 presentado por MARITIMA MERIDIAN S.A. a fs. 1, invocando el carácter de agente marítimo de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, se solicita una prórroga por un plazo igual al originario de la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle ubicado en la localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires, concedida por Resolución Nº 46/2011 (DGA) de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS y prorrogada sucesivamente por Resolución Nº 245/2011 (SDG OAM), Resolución Nº 110/2012 (SDG OAM), Resolución Nº 218/2012 (SDG OAM) y Resolución Nº 78/2013 (SDG OAM) de esta Subdirección General, informándose que la DIRECCION NACIONAL DE PUERTOS no le otorgó aún la habilitación definitiva de dicho lugar, cuya tramitación continúa.

 

Que en función de lo manifestado en la NOTA Nº 506/2013 (SE ZTBA) de la Sección Tigre de fs. 27/28, la NOTA Nº 382/2013 (DV RESII) de la División Resguardo II de fs. 29, la NOTA Nº 1754/2013 (DE OABA) del Departamento Operacional Aduanero de fs. 30 y la NOTA Nº 3562/2013 (DI ADBA) de la Dirección Aduana de Buenos Aires de fs. 31, y ante la existencia de razones de interés público fundadas en la necesidad de abastecer energéticamente a nuestro país, resulta procedente autorizar las operaciones que se desarrollen en el mencionado lugar, con carácter precario, por un nuevo término de CIENTO OCHENTA (180) días a computarse a partir del vencimiento del plazo prorrogado por Resolución Nº 78/2013 (SDG OAM) de esta Subdirección General, correspondiendo a la Dirección Aduana de Buenos Aires verificar la vigencia de las constancias emitidas por los diversos Organismos previamente intervinientes en la habilitación del muelle en cuestión, así como exigir las obras y toda otra documentación necesaria a los fines del adecuado ejercicio del control y para seguridad del Servicio Aduanero.

 

Que a instancias de la NOTA Nº 1524/13 (SDG OAM) de esta Subdirección General de fs. 32, a través del Dictamen Nº 1095/13 DV DRTA de la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero de fs. 33 —conformado por notas del 9 de diciembre de 2013 del Departamento Asesoramiento Aduanero y la Dirección de Asesoría Legal Aduanera de fs. 33 vta., y NOTA Nº 3015/13 (SDG ASJ) de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos de fs. 34—, la NOTA Nº 842/2013 (SDG PLA) de la Subdirección General de Planificación y la nota de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional de fs. 34 vta., dichas unidades de estructura han tomado la intervención que les compete.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades delegadas por el artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Prorrógase la habilitación acordada por Resolución Nº 46/2011 (DGA) de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, con carácter precario, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a computarse a partir del vencimiento del plazo prorrogado por Resolución Nº 78/2013 (SDG OAM) de esta Subdirección General, de la zona operativa aduanera en el muelle de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, ubicado entre los kilómetros SETENTA Y CUATRO (74) y SETENTA Y CINCO (75) del Río Paraná de las Palmas, en la localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires, jurisdicción de la Dirección Aduana de Buenos Aires, para la realización de operaciones aduaneras de descarga de Gas Natural Licuado (GNL).

 

ARTICULO 2° — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tomen conocimiento la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS y la Dirección Aduana de Buenos Aires. Cumplido, remítase al Departamento Operacional Aduanero a sus efectos. — DANIEL SANTANNA, Subdirector General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, Dirección General de Aduanas.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-1-2015-SDGOAI Complementa Prórroga Habilitación Provisoria, precaria. dársena y muelle UTE, GNL. YPF
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-78-2013-SDGOAI Prórroga Habilitación Provisoria, precaria. dársena y muelle UTE, GNL. YPF