Resolución 112-2014
Se prorroga la
habilitación provisoria de la zona operativa aduanera en el muelle del Puerto
Márquez, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, en el km. 758,
Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la Aduana de
Paraná, solicitada por el Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos, a los
fines de la realización de operaciones de removido, hasta el día 28 de julio de
2014, inclusive.
Buenos Aires, 5 de Mayo de
2014.
VISTO la Actuación SIGEA
Nº 12502-397-2008/60 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación el Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos (CUIT Nº
30-71001036-2), solicita una prórroga de la habilitación aduanera de las
instalaciones del Puerto Márquez, propiedad de la Provincia de Entre Ríos,
otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº 087/2014 (SDG OAI),
ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, en el km. SETECIENTOS
CINCUENTA Y OCHO (758), margen izquierda, Departamento La Paz, Provincia de
Entre Ríos, jurisdicción de la Aduana de Paraná, para realizar operaciones de
removido.
Que mediante Nota DNP Nº
571/12 la Dirección Nacional de Puertos dependiente de la Secretaría de
Transporte informa que su habilitación definitiva en el marco de la Ley 24.093
tramita por expediente Nº S01:0172321/2004. Asimismo informa que de acuerdo a
los antecedentes obrantes en el citado expediente, no habría objeciones para
realizar operaciones en el muelle en trato, en la medida que se respeten las
restricciones que la autoridad portuaria establece, pudiendo operar en la parte
del muelle no afectado con la avería producida el 17 de diciembre de 2010,
únicamente con barcazas y solicitando en cada operación autorización a la
Prefectura Naval Argentina.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la habilitación solicitada, con carácter
provisorio hasta el día 28 de julio de 2014, inclusive.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición
360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE
LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese
la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera en el muelle del
Puerto Márquez, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, en el km.
SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO (758), Departamento La Paz, Provincia de Entre
Ríos, jurisdicción de la Aduana de Paraná, solicitada por el Instituto
Portuario Provincial de Entre Ríos (CUIT Nº 30-71001036-2), a los fines de la
realización de operaciones de removido, hasta el día 28 de julio de 2014,
inclusive.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a
la División Aduana de Paraná para su conocimiento y notificación. — CESAR E.
BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.