Detalle de la norma DI-2590-2014-ANMAT
Disposición Nro. 2590 Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Organismo Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Año 2014
Asunto Se aprueba la nómina de funcionarios de la ANMAT para suscribir documentación
Boletín Oficial
Fecha: 06/05/2014
Detalle de la norma

Disposición  2590-2014

 

 Bs. As., 29/4/2014

 

 VISTO las Disposiciones ANMAT Nros. 3547/97, 850/99, 5786/01, 66/02, 4289/03, 248/05, 3854/05, 1912/06, 241/07, 690/09, 216/10, 3332/11 y 1997/12, el expediente nº 1-47-4445-14-3 del registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, y

 

 CONSIDERANDO:

 

 Que por Decreto Nº 1271/13 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA con el fin de posibilitar a este organismo el desarrollo de las líneas estratégicas de transformación, fortalecer su capacidad para el análisis de riesgos, la educación, la vigilancia, la regulación, la fiscalización y el control a los efectos de garantizar una efectiva acción sanitaria en todo el territorio nacional, con especial atención a las acciones de prevención y protección.

 

 Que a los fines de facilitar la operativa aduanera sobre la base de la nueva estructura organizativa resulta necesario determinar la nómina de los funcionarios de este organismo habilitados a suscribir las autorizaciones de importación de los productos que son competencia de esta Administración Nacional para ser presentados ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.

 

 Que el INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS, el INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS, la DIRECCION NACIONAL DE PRODUCTOS MEDICOS, la DIRECCION DE VIGILANCIA DE PRODUCTOS PARA LA SALUD y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención de su competencia.

 

 Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el Decreto Nº 1271/13.

 

 Por ello,

 

 EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

 

 DISPONE:

 

 ARTICULO 1° — Apruébase la nómina de funcionarios de esta Administración Nacional, detallada en los Anexos I, II, III y IV de la presente Disposición, que forma parte integrante de la misma, únicos habilitados para suscribir la documentación de comercio exterior a ser presentada ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.

 

 ARTICULO 2° — Deróganse las Disposiciones ANMAT Nros. 3547/97, 850/99, 5786/01, 66/02, 4289/03, 248/05, 3854/05, 1912/06, 241/07, 690/09, 3332/11 y 1997/12.

 

 ARTICULO 3° — Notifíquese la presente disposición a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL DE ADUANAS con entrega de los Anexos I, II, III y IV de la misma, en el que constan las rúbricas de los funcionarios mencionados en el artículo 1° de la presente Disposición.

 

 ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Dr. CARLOS CHIALE, Administrador Nacional, A.N.M.A.T.

 

 

ANEXO I

 

 

 Nómina de funcionarios del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA habilitados para suscribir la documentación

de comercio exterior a ser presentada ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL DE ADUANAS:

http://www.LOA.gob.ar/LOAInternet/anexos/225000-229999/229527/disp2590-6-5-2014-1.JPG

 

ANEXO II


Nómina de funcionarios del INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA habilitados para suscribir la documentación de comercio exterior a ser presentada ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL DE ADUANAS:

http://www.LOA.gob.ar/LOAInternet/anexos/225000-229999/229527/disp2590-6-5-2014-2.JPG

 

ANEXO III


Nómina de funcionarios de la DIRECCION NACIONAL DE PRODUCTOS MEDICOS de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA habilitados para suscribir la documentación de comercio exterior a ser presentada ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL DE ADUANAS:

http://www.LOA.gob.ar/LOAInternet/anexos/225000-229999/229527/disp2590-6-5-2014-3.JPG

http://www.LOA.gob.ar/LOAInternet/anexos/225000-229999/229527/disp2590-6-5-2014-4.JPG

 

ANEXO IV


Nómina de funcionarios de la DIRECCION DE VIGILANCIA DE PRODUCTOS PARA LA SALUD de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA habilitados para suscribir la documentación de comercio exterior a ser presentada ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL DE ADUANAS:

http://www.LOA.gob.ar/LOAInternet/anexos/225000-229999/229527/disp2590-6-5-2014-5.JPG

 

http://www.LOA.gob.ar/LOAInternet/anexos/225000-229999/229527/disp2590-6-5-2014-6.JPG

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-1874-2015-ANMAT Modifica Se incorporan funcionarios a la nómina de funcionarios habilitados para suscribir la documentación de comercio exterior
DI-8140-2015-ANMAT Relaciona Se incorpora al Técnico Superior en Bromatología y Saneamiento Ambiental, René Octavio Escotorín
DI-6496-2014-ANMAT Relaciona Apruébase la nómina de funcionarios de esta Administración Nacional
DI-7705-2014-ANMAT Relaciona Se incorpora al Ing. Rogelio Fernando López y al Dr. Roberto Kaski Fullone a la nómina de funcionarios habilitados para suscribir la documentación
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga DI-1997-2012-ANMAT Se aprueba la nómina de funcionarios de la ANMAT para suscribir documentación