Resolución 107-2014
Se prorroga la
habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de barcazas del puerto
de la firma Cargill S.A.C.I., ubicado en el área portuaria de Villa Gobernador
Gálvez, a la altura del Km. 408 margen derecha del Río Paraná, Provincia de
Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de Rosario, hasta el 28 de julio de 2014,
inclusive.
Buenos Aires, 28 de Abril
de 2014.
VISTO la Actuación SIGEA
Nº 12048-1494-2008/138 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma Cargill S.A.C.I. (C.U.I.T. Nº 30-50679216-5), solicita una
prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 90/2014 (SDG
OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle de barcazas del puerto particular
de esa empresa, ubicado en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez,
Provincia de Santa Fe, a la altura del Km. CUATROCIENTOS OCHO (408) margen
derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Rosario.
Que en la Actuación SIGEA
12048-1494-2008 se encuentra acreditado que la habilitación definitiva del
citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita por Expediente Nº
S02:0010651/2012.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación
oportunamente otorgada, con carácter provisorio y hasta el 28 de julio de 2014,
inclusive.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición
360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE
LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese
la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de barcazas del
puerto de la firma Cargill S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5), ubicado en el área
portuaria de Villa Gobernador Gálvez, a la altura del Km. CUATROCIENTOS OCHO
(408) margen derecha del Río Paraná, Provincia de Santa Fe, jurisdicción de la
Aduana de Rosario, hasta el 28 de julio de 2014, inclusive.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a
la Aduana de Rosario para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA,
Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.