Detalle de la norma RE-101-2014-SDGOAI
Resolución Nro. 101 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2014
Asunto Se autoriza la habilitación de una zona operativa aduanera solicitada por la Cooperativa La Ganadera General Ramírez Agropecuaria de Consumo
Boletín Oficial
Fecha: 29/04/2014
Detalle de la norma

Resolución  101-2014

 

Se autoriza la habilitación de una zona operativa aduanera solicitada por la Cooperativa La Ganadera General Ramírez Agropecuaria de Consumo y Provisión de Servicios Públicos Limitada, en el muelle de su propiedad ubicado en la margen izquierda del Río Paraná, a la altura del Km. 666, Pueblo Brugo, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la Aduana de Paraná, en forma provisoria hasta el 28 de julio de 2014.

 

Buenos Aires, 25 de Abril de 2014.

 

VISTO el Expediente Nº 1-251776-2012 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la Cooperativa La Ganadera General Ramírez Agropecuaria de Consumo y Provisión de Servicios Públicos Ltda., (CUIT Nº 33-53332811-9) solicita la habilitación aduanera del muelle de su propiedad, ubicado en la margen izquierda del Río Paraná, a la altura del km. SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS (666), Pueblo Brugo, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la Aduana de Paraná.

 

Que se encuentra acreditado en autos que la habilitación definitiva del puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables del Ministerio del Interior y Transporte por expediente Nº S01:0496257/2006.

 

Que mediante Nota DNP (AP) (IP) Nº 99/12, la Dirección de Actividades Portuarias en forma conjunta con la Dirección de Infraestructura Portuaria informan que “a la fecha no restan puntos que acreditar en las actuaciones administrativas que corren por Expediente S01:0496257/2006, a los fines de propiciar la habilitación del puerto en trato por parte del Poder Ejecutivo Nacional.”

 

Que en función de los informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones aduaneras que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria hasta el 28 de julio de 2014, inclusive.

 

Que han tomado la intervención que les compete, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Autorícese la habilitación de una zona operativa aduanera solicitada por la Cooperativa La Ganadera General Ramírez Agropecuaria de Consumo y Provisión de Servicios Públicos Limitada (CUIT Nº 33-53332811-9), en el muelle de su propiedad ubicado en la margen izquierda del Río Paraná, a la altura del Km. SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS (666), Pueblo Brugo, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la Aduana de Paraná, en forma provisoria hasta el 28 de julio de 2014, inclusive.

 

ARTICULO 2° — Estipúlese la vigencia de la presente a partir del día de la fecha.

 

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Cumplido, remítase a la Aduana de Paraná a los fines de su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-149-2014-SDGOAI Complementa Se autoriza la habilitación de una zona operativa aduanera solicitada por la Cooperativa La Ganadera General Ramírez Agropecuaria de Consumo