Resolución 97-2014
Se autoriza la habilitación de una
zona operativa aduanera provisoria para la realización de operaciones de
removido, solicitada por la firma Asociación de Cooprativas Argentinas
Cooperativa Limitada en el muelle de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha
del km. 3 del Riacho Barranqueras (km. 1198 del Río Paraná), de la localidad de
Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras, en forma provisoria hasta el 28 de julio de 2014, inclusive.
Buenos Aires, 22 de Abril de 2014.
VISTO la actuación SIGEA Nº
12246-88-2012/4 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la
firma ASOCIACION DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA CUIT Nº
30-50012088-2, solicita la habilitación aduanera del muelle de su propiedad,
ubicado sobre la margen derecha del km. 3 del Riacho Barranqueras (km. 1198 del
Río Paraná), de la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco,
jurisdicción de la Aduana de Barranqueras, para la realización de operaciones
de removido.
Que se encuentra acreditado en la
actuación SIGEA Nº 12246-88-2012/4 que la habilitación definitiva del citado
puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente del Ministerio del Interior y
Transporte por expediente Nº S02:0008459/2013.
Que mediante Nota DNP Nº 164-13
del 13 de junio de 2013, la Dirección Nacional de Puertos informa que “a la fecha la firma de marras ha cumplido con los requisitos previstos en la
normativa antes mencionada, a los efectos de propiciar su habilitación por
parte del Poder Ejecutivo Nacional, no observándose anomalías con relación a
las pautas de referencia que obsten a la habilitación del puerto, que está
destinado al embarque de granos en barcazas”.
Que en función a los informes
obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones aduaneras que se desarrollen
en el citado lugar operativo, en forma provisoria hasta el 28 de julio de 2014,
inclusive.
Que han tomado la intervención que
les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y
Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta en
ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorícese la habilitación
de una zona operativa aduanera provisoria para la realización de operaciones de
removido, solicitada por la firma ASOCIACION DE COOPERATIVAS ARGENTINAS
COOPERATIVA LIMITADA CUIT Nº 30-50012088-2 en el muelle de su propiedad,
ubicado sobre la margen derecha del km. 3 del Riacho Barranqueras (km. 1198 del
Río Paraná), de la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco,
jurisdicción de la Aduana de Barranqueras, en forma provisoria hasta el 28 de
julio de 2014, inclusive.
ARTICULO 2° — Estipúlese la
vigencia de la presente a partir del día de la fecha.
ARTICULO 3° — Regístrese.
Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Resistencia. Cumplido, remítase a la Aduana de Barranqueras a los fines de su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA,
Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.