Disposición
4-2014-SEUCESCI
Se convoca
al Concurso Público, el que se regirá por el Decreto N°
906/09 y el Pliego de Bases y Condiciones que por la presente se aprueba, para
la presentación de propuestas para la calificación y selección de los
Postulantes a los fines de la obtención de una licencia para la distribución y
asignación de los cortes enfriados bovinos sin hueso de calidad superior
conforme al biotipo establecido por la Unión Europea, denominado “Cuota Hilton” correspondiente al ciclo comercial 2014-2015.
Buenos
Aires, 21 de Abril de 2014.
VISTO el
Expediente Nº S01:0068117/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el
Decreto Nº 906 de fecha 16 de julio de 2009, se declaró de interés público y
económico el cupo tarifario otorgado por la UNION EUROPEA a
nuestro país, denominado “Cuota Hilton”, atento su
importancia económica, estratégica y social.
Que una de
las finalidades esenciales del citado decreto es brindar a todos los actores
del sector cárnico un horizonte de previsibilidad a
mediano plazo para las inversiones, la planificación de la producción y la
exportación, que les permita desarrollar una actividad comercial exportadora
acorde con las exigencias del mercado internacional, priorizando a su vez el
abastecimiento del mercado interno.
Que por el
Artículo 1° del Decreto N° 1.174 de fecha 16 de julio
de 2012 se prorroga la vigencia del régimen de adjudicación mediante concurso
público para los ciclos comerciales comprendidos entre el 1° de julio de 2012 y
el 30 de junio de 2015.
Que la Comisión Europea
publicó el Reglamento de Ejecución N° 593, de fecha
21 de junio de 2013, cuya entrada en vigor fue el día 12 de julio de 2013, por
el cual se asigna a la
REPUBLICA ARGENTINA un contingente de exportación anual de
VEINTINUEVE MIL QUINIENTAS TONELADAS (29.500 t.) de carnes bovinas enfriadas
deshuesadas de calidad superior, y donde se establece una compensación
adicional que asciende a QUINIENTAS TONELADAS (500 t.) para el ciclo comercial
2014/2015.
Que
deviene entonces que el total de toneladas abiertas para el cupo de carnes
comúnmente denominado “Cuota Hilton” a concursar para
el ciclo 2014/2015 es de TREINTA MIL TONELADAS (30.000 t.) peso producto.
Que siendo
la UNIDAD DE
COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO la Autoridad de Aplicación
del aludido decreto, es competente para evaluar y adjudicar la “Cuota Hilton”, otorgar el certificado de autenticidad de
exportación así como establecer, interpretar y reglamentar las cuestiones
referidas a los criterios de distribución, administración, asignación y control
de dicho cupo tarifario, pudiendo dictar las normas
complementarias que sean menester para el cabal cumplimiento de las facultades
que por esta medida se le confieren.
Que
consecuentemente, se dictó la
Disposición N°
35 de fecha 18 de julio de 2012, de esta UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE
SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO mediante la cual se procedió a la aprobación del
Reglamento de Normas Básicas a las que deberá sujetarse la confección del
Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la asignación y
distribución de la denominada “Cuota Hilton” en los
ciclos comerciales comprendidos entre el 1 de julio de 2012 y el 30 de junio de
2015.
Que como
resguardo de los principios de igualdad y transparencia, la medida propiciada,
que responde a la necesidad de preservar y tutelar el interés público, ha de
ser aplicada respecto a todo el universo de interesados, omitiendo
discriminaciones arbitrarias.
Que atento
haberse aprobado el Régimen con las Condiciones Generales del llamado a
Concurso mediante la mencionada Disposición UCESCI N°
35, corresponde proceder a la aprobación del correspondiente Pliego de Bases y
Condiciones.
Que esta
Secretaría Ejecutiva elevó la propuesta para la confección de los pliegos y el
llamado a concurso a los miembros de la UCESCI; dicha propuesta fue aprobada
mediante el Acta N° 52 de fecha 24 de abril de 2014.
Que es en
el marco de la normativa consignada que se definieron las bases y condiciones
particulares del llamado a Concurso Público para la distribución de la Cuota Hilton
para el período 2014/2015, las que se ven reflejadas en el Anexo I de la
presente.
Que por su
parte, se aprueba como Anexo II REQUISITOS PARA LA PRESENTACION AL
CONCURSO PUBLICO DE LOS POSTULANTES DE LA CATEGORIA “INDUSTRIA” y como Anexo III REQUISITOS
PARA LA PRESENTACION
AL CONCURSO PUBLICO DE LOS POSTULANTES A LA CATEGORIA “PROYECTOS”.
Que la
información contenida en los Anexos será publicada en la Página WEB de la UNIDAD DE COORDINACION Y
EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO www.ucesci.gob.ar.
Que la Dirección de Legales de la Secretaría de Comercio,
dependiente de la
Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.
Que el
suscripto es competente en el dictado del presente acto en virtud de las
facultades conferidas por el Decreto Nº 193 de fecha 24 de febrero de 2011, la Resolución Conjunta
Nº 68 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Nº 90 del Ministerio de
Industria y Nº 119 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de fecha 11
de marzo de 2011, Resolución Conjunta Nº 235 del Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas, Nº 166 del Ministerio de Industria y Nº 334 del Ministerio
de Agricultura, Ganadería y Pesca de fecha 13 de mayo de 2011, lo dispuesto por
los Decretos Nro. 906/2009 y 1.174/2012 y el Acta
UCESCI Nº 31 de fecha 16 de enero de 2012.
Por ello,
EL
SECRETARIO EJECUTIVO DE LA
UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMO
INTERNO
DISPONE:
ARTICULO
1° — Convócase al Concurso Público, el que se regirá
por el Decreto N° 906 de fecha 16 de julio de 2009,
prorrogado por el Decreto N° 1.174 de fecha 16 de
julio de 2012, la
Disposición UCESCI N° 35 de fecha
18 de julio de 2012 y el Pliego de Bases y Condiciones que por la presente se
aprueba, para la presentación de propuestas para la calificación y selección de
los POSTULANTES a los fines de la obtención de una licencia para la
distribución y asignación de los cortes enfriados bovinos sin hueso de calidad
superior conforme al biotipo establecido por la UNION EUROPEA,
denominado “CUOTA HILTON” correspondiente al ciclo comercial 2014/2015.
ARTICULO
2° — Apruébanse los Anexos I “PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARA EL LLAMADO A CONCURSO PUBLICO”, II REQUISITOS PARA LA PRESENTACION AL
CONCURSO PUBLICO DE LOS POSTULANTES DE LA CATEGORIA “INDUSTRIA” y III REQUISITOS PARA LA PRESENTACION AL
CONCURSO PUBLICO DE LOS POSTULANTES A LA CATEGORIA “PROYECTOS” que forman parte integrante
de la presente medida, los cuales establecen los criterios y mecanismos para
seleccionar las empresas y/o proyectos conjuntos que se presenten en el marco
del presente llamado a Concurso Público.
ARTICULO
3° — Establécese como fecha hasta la cual los
interesados podrán retirar los referidos Pliegos e inscribirse al presente
Concurso el día 16 del mes de mayo de 2014 a las 17:00 hs. en
la Mesa de
Entradas de la UCESCI,
sita en Avenida Julio A. Roca Nº 651, Piso 9°, Oficina 30, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
ARTICULO
4° — Establécese como fecha hasta la cual los
interesados podrán presentar las propuestas el día 5 del mes de junio de 2014 a las 12:00 hs. en la
Mesa de Entradas de la UCESCI, sita en Avenida Julio A. Roca Nº 651,
Piso 9°, Oficina 30, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO
5° — Establécese como fecha para la apertura de las
ofertas el día 5 del mes de junio de 2014 a las 15:00 hs.,
acto que se llevará a cabo en el Salón “Néstor C. Kirchner”
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS (Sede Industria y Comercio),
sito en Avenida Julio A. Roca N° 651, Piso 9°, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
ARTICULO
6° — Difúndase la información concerniente al Llamado a Concurso Público para
la presentación de propuestas, a través de la Página Web de la UNIDAD DE COORDINACION Y
EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO www.ucesci.gob.ar.
ARTICULO
7° — Publíquense avisos por el término de DOS (2) días en el Boletín Oficial de
la República
Argentina y por el término de UN (1) día en DOS (2) diarios
de circulación nacional.
ARTICULO
8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Cdor. GUSTAVO L.
FERNANDEZ, Secretario Ejecutivo UCESCI, Ministerio de Econ. y
Fin. Públicas.
El Anexo
será publicado a la brevedad.