Disposición 3714-2013
Bs. As., 12/6/2013
VISTO la Ley Nº 18.284,
el Decreto Nº 2126/71 y sus modificatorios, la Resolución Nº 241/11 de la
Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud de la
Nación, y el Expediente Nº 1-47-1026-13-5 del Registro de esta Administración Nacional
de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con
las previsiones constitucionales y la normativa vigente en la materia, el
control de los alimentos en la República Argentina se funda en la articulación
entre los organismos sanitarios del nivel nacional, provincial y, por su
intermedio, municipal.
Que el eje clave de esta
articulación reside en la construcción de líneas de acción consensuadas a nivel
federal entre los integrantes del sistema de control de alimentos, a fin de
fortalecer la gestión y optimizar el uso de los medios abocados a la tarea.
Que en el I Encuentro de
Trabajo Conjunto en Estrategias de Control de la Inocuidad Alimentaria con las
autoridades sanitarias jurisdiccionales, realizado en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires el 4 de agosto de 2010, los participantes acordaron y se
comprometieron a facilitar la consulta de los consumidores sobre las bases de
datos de registros de establecimientos y productos autorizados por las distintas
autoridades sanitarias del país.
Que durante el II
Encuentro de Trabajo Conjunto en Estrategias de Control de la Inocuidad
Alimentaria entre las Autoridades Sanitarias Jurisdiccionales, celebrado en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 8 de noviembre de 2010, se manifestó el
“total acuerdo con el proceso de mejora continua del Sistema Federal de Control
de Alimentos a través de la implementación de un sistema informático para la
gestión y calidad de la información. Este proceso contribuirá a la optimización
de los procedimientos de gestión individuales y sinergizará el funcionamiento
global redundando así en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos”.
Que en el mismo sentido se
expresaron las Autoridades Sanitarias en las conclusiones del Taller Nacional
de Presentación de los Hallazgos de la Evaluación y cómo Priorizar el Plan de
Acción, en el marco del proyecto FAO TCP/RLA/3213 realizado el 25 de noviembre
de 2010 en Buenos Aires.
Que en el IV Encuentro de
Trabajo Conjunto en Estrategias de Control de la Inocuidad Alimentaria con las
Autoridades Sanitarias Jurisdiccionales realizado en Buenos Aires el 28 de
agosto de 2011 se aprobó la propuesta de trabajo del Programa Federal de
Control de los Alimentos.
Que en el Programa
Federal de Control de los Alimentos se consensuó con los referentes
jurisdiccionales la necesidad de contar con un sistema de gestión e información
sanitaria on line que facilite la integración operativa del sistema de control
a nivel federal, la articulación municipio-provincia-nación con el sector
privado y el acceso a la información pública por parte de todos los actores
involucrados.
Que en el marco del
Programa Federal de Control de los Alimentos, se establecieron objetivos
generales, objetivos específicos y resultados esperados y actividades
específicas para contar con información sanitaria disponible y actualizada que
permita un seguimiento eficiente de las actividades del sistema de control de
alimentos, y una rápida y efectiva toma de decisiones en caso de detectarse
riesgos para la salud.
Que en este sentido, como
actividades a ejecutar dentro del Programa Federal de Control de los Alimentos,
se estableció el desarrollo, implementación, seguimiento y revisión de un
Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos
(SIFeGA).
Que en la reunión del
Consejo Federal de Salud (COFESA) que sesionó en la provincia de La Rioja los
días 5 y 6 de agosto de 2011, los ministros de salud del país convalidaron a
nivel nacional los lineamientos de la propuesta del Programa Federal de Control
de los Alimentos, dentro de los cuales se encuentra el objetivo de contar con
un sistema de gestión e información sanitaria on line.
Que el Programa Federal
de Control de los Alimentos tiene por objetivos priorizar la prevención,
reforzar las actividades de vigilancia, auditoría y las acciones regulatorias,
y mejorar la respuesta ante incidentes alimentarios habiendo sido
institucionalizado mediante la Resolución Nº 241/2011 de la Secretaría de
Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud de la Nación en el
marco del Plan Estratégico de Fortalecimiento de las Capacidades de Regulación,
Fiscalización y Vigilancia a Nivel Nacional y Provincial.
Que 23 jurisdicciones han
firmado Actas Acuerdo con el Ministerio de Salud de la Nación, en el marco del
Plan Estratégico de Fortalecimiento de las Capacidades de Regulación,
Fiscalización y Vigilancia a Nivel Nacional y Provincial.
Que hasta la fecha han
adherido al Programa Federal de Control de los Alimentos las provincias de
Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, Formosa, Jujuy, La Rioja, Mendoza,
Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Luis, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe,
Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y
Tucumán creado en el marco del Plan Estratégico de Fortalecimiento de las
Capacidades de Regulación, Fiscalización y Vigilancia a Nivel Nacional y
Provincial.
Que el Estado Nacional
viene impulsando en todas las esferas de la actividad pública el uso de
tecnologías que brinden seguridad, eficiencia y eficacia en las diferentes
gestiones que en cada área se realizan.
Que el Sistema de
Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos funcionará
teniendo como marco el Código Alimentario Argentino, Ley Nº 18284 y sus normas
reglamentarias.
Que el sistema permitirá
a las autoridades sanitarias agilizar la integración, coordinación y
articulación de sus actividades a nivel federal, fortalecer la gestión
sanitaria y brindar un mejor servicio a la población que permita una
administración pública eficiente y transparente.
Que por otra parte el
aludido sistema brindará a los usuarios una vinculación rápida y permanente
entre las autoridades sanitarias, simplificando la gestión de las actuaciones,
optimizando tiempos y costos, facilitando el acceso a la información pública y
disminuyendo los obstáculos derivados de las barreras geográficas.
Que el Instituto Nacional
de Alimentos y la Dirección de Coordinación y Administración han tomado la
intervención pertinente.
Que la Dirección de
Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de
las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el Decreto Nº 425/10.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 1º — Adóptase,
en el ámbito de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica (ANMAT), el “Sistema de Información Federal para la Gestión
del Control de los Alimentos (SIFeGA)” como componente del Programa Federal de
Control de los Alimentos, en el marco del “Plan Estratégico de Fortalecimiento
de las Capacidades de Regulación, Fiscalización y Vigilancia a Nivel Nacional y
Provincial”.
ARTICULO 2º — Establécese
que los objetivos generales del SIFeGA serán:
• Brindar un mejor
servicio a la población simplificando y facilitando la vinculación con las
autoridades sanitarias y el acceso a la información a través de Internet.
• Fortalecer la gestión
sanitaria a través de procedimientos y sistemas de información que permitan una
administración pública eficiente y transparente.
• Utilizar las Tecnologías
de Información y Comunicación (TIC’s) para simplificar los procedimientos
internos de las autoridades sanitarias y la interacción con el ciudadano, con
el objetivo de optimizar los tiempos y/o costos involucrados.
• Contar con información
sanitaria disponible y actualizada que permita una rápida y efectiva toma de
decisión en caso de riesgos para la salud.
• Fortalecer el sistema de
control de alimentos a través de la integración, coordinación y articulación de
sus actividades a nivel federal.
ARTICULO 3º — El acceso
al SIFeGA adoptado por el artículo 10 de la presente disposición se efectuará a
través de la Página Web de la ANMAT: www.anmat.gov.ar o
http://portal.anmat.gov.ar “Sistema de Información Federal para la Gestión del
Control de los Alimentos (SIFeGA)”.
ARTICULO 4º — Invítase a
las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente
Disposición.
ARTICULO 5º — Regístrese.
Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese
al Instituto Nacional de Alimentos, a las autoridades sanitarias
jurisdiccionales, a las Cámaras y Entidades Profesionales del sector y a la
Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Cumplido, archívese. —
Dr. CARLOS CHIALE, Interventor, A.N.M.A.T.