Resolución 108-2014
Se prorroga hasta el 31 de julio
de 2015, la Emergencia Fitosanitaria con respecto a la plaga cuarentenaria
Lobesia botrana establecida por la Resolución Nº 122/10 SNSCA.
Buenos Aires, 24 de Febrero de
2014.
VISTO el Expediente Nº
S01:0076505/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
el Decreto-Ley Nº 6.704 del 12 de agosto de 1963, las Resoluciones Nros. 488
del 4 de junio de 2002, 122 del 3 de marzo de 2010 y 729 del 7 de octubre de
2010, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que el Programa Nacional de
Prevención y Erradicación de Lobesia botrana, aprobado por la Resolución Nº 729 del 7 de octubre de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, establece las medidas de carácter obligatorio para su control
y erradicación.
Que mediante la Resolución Nº 122 del 3 de marzo de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, se declaró la Emergencia Fitosanitaria con respecto de la plaga cuarentenaria Lobesia botrana en todo el
Territorio Nacional de la REPUBLICA ARGENTINA, facultándose al personal de este Organismo afectado a las tareas de control, prevención y vigilancia
correspondientes, a contratar locaciones de obra, servicios, comprar
equipamiento y efectuar todo gasto necesario para hacer frente a dichas tareas.
Que es responsabilidad indelegable
de este Servicio Nacional salvaguardar el patrimonio fitosanitario de los
cultivos de vid ubicados en las áreas libres de la plaga.
Que por ello, es preciso continuar
con el estado de emergencia fitosanitaria; ya que dicha plaga ocasiona
gravísimas pérdidas al sector frutícola y al complejo agroindustrial
vitivinícola argentino, generando además serios perjuicios a la economía
nacional.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando
reparos de orden legal que formular.
Que la suscripta es competente
para dictar el presente acto de conformidad con las facultades conferidas por
el Artículo 8°, incisos f) y k) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de
1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prórroga. Se
prorroga hasta el 31 de julio de 2015, la Emergencia Fitosanitaria con respecto a la plaga cuarentenaria Lobesia botrana establecida
por la Resolución Nº 122 del 3 de marzo de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTICULO 2° — Vigencia. La
presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3° — De Forma.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. DIANA M. GUILLEN,
Presidenta, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.