Detalle de la norma RE-64-2014-SEDRONAR
Resolución Nro. 64 Secr Progra y Prev de la Drogadiccion y lucha c/Narcotrafico
Organismo Secr Progra y Prev de la Drogadiccion y lucha c/Narcotrafico
Año 2014
Asunto Deróganse los Artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución SEDRONAR. 889-2012
Boletín Oficial
Fecha: 27/02/2014
Detalle de la norma

Resolución  64-2014

 

 Bs. As., 11/2/2014

 

 VISTO el Expediente Nº 1332/13 del registro de esta Secretaría, las Leyes Nros. 23.283, 23.737, 25.363 y 26.045; el Decreto Nº 1177/12, las Resoluciones SE.DRO.NAR. Nros. 19/03, 611/10 y 889/12 y la Disposición STPyCN Nº 01/09, y

 

 CONSIDERANDO:

 

 Que por Resolución SE.DRO.NAR. Nº 611/10, se aprobaron las estampillas Ley 25.363 por un valor de PESOS DIEZ ($ 10.-) para ser utilizadas en las distintas certificaciones que se realicen por ante el REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS.

 

 Que la citada Resolución estableció que para el caso de certificación de firma debían adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS TREINTA ($ 30.-) por firma y por cada trámite, para certificación de personería y facultades del firmante, debían adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS CUARENTA ($ 40.-) y que, para certificación de copias de documentos debían adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS VEINTE ($ 20.-) cada VEINTE (20) folios.

 

 Que por Resolución SE.DRO.NAR. Nº 889/12, se aprobaron las estampillas Ley 25.363 por un valor de PESOS VEINTE ($ 20.-) para ser utilizadas en las distintas certificaciones que se realicen por ante el REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS.

 

 Que la citada Resolución estableció que para el caso de certificación de firma debían adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS CINCUENTA ($ 50.-) por firma y por cada trámite, para la certificación de personería y facultades del firmante, debían adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS SETENTA ($ 70.-) y que, para certificación de copias de documentos debían adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS CUARENTA ($ 40.-) cada VEINTE (20) folios.

 

 Que el proceso de modernización, mejoramiento de infraestructura y fortalecimiento e incorporación de nuevos recursos humanos que se viene desarrollando en el REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS, ha traído aparejadas mayores inversiones, por lo que resulta necesario incrementar los valores de las “Estampillas Ley 25.363” mencionadas precedentemente.

 

 Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

 

 Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley 25.363 y los Decretos Nros. 1177/12 y 2013/13.

 

 Por ello,

 

 EL SECRETARIO DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

 

 RESUELVE:

 

 ARTICULO 1° — Deróganse los Artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 889/12.

 

 ARTICULO 2° — Para el caso de certificación de firma deberán adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS SETENTA ($ 70.-) por firma y por cada trámite.

 

 ARTICULO 3° — Para el caso en el que además de la certificación de firma deba certificarse la personería y facultades del firmante, deberán adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS CIEN ($ 100.-).

 

ARTICULO 4° — Por certificación de copias de documentos deberían adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS SESENTA ($ 60.-) cada VEINTE (20) folios.

 

 ARTICULO 5° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir del octavo día de su publicación en el Boletín Oficial.

 

 ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — JUAN C. MOLINA, Secretario de Estado, SE.DRO.NAR., Presidencia de la Nación.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-889-2012-SPPDLCN Deróganse los Artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución SEDRONAR. 889-2012