Resolución 78-2014
Se prorroga la habilitación de la
zona operativa aduanera en el muelle de cabotaje (Unidad III) del Puerto del
Villa Constitución, concesionado a la firma Puerto Villa Constitución S.R.L.,
ubicado a la altura del Km. 368, margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción
de la Aduana de Villa Constitución, hasta el 5 de mayo de 2014.
Buenos Aires, 25 de Febrero de
2014.
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12531-232-2009/95 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación, la
firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L. (CUIT Nº 30-70854089-3), en su calidad
de permisionaria de la Unidad III (muelle de cabotaje) del Puerto de Villa
Constitución, ubicado a la altura del Km. TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368),
margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con
carácter provisorio mediante Resolución Nº 437/2013 (SDG OAI).
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12531-232-2009 que la habilitación definitiva del Puerto de Villa
Constitución en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0010927/2004.
Que han tomado la intervención que
les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y
Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto,
resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente
concedida, con carácter provisorio hasta el 5 de mayo de 2014.
Que la presente se dicta en
ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la
habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de cabotaje (Unidad
III) del Puerto del Villa Constitución, concesionado a la firma PUERTO VILLA
CONSTITUCION S.R.L. (CUIT Nº 30-70854089-3), ubicado a la altura del Km.
TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en
jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, hasta el 5 de mayo de 2014.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de Villa Constitución para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector General,
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.