Resolución 96-2014
Bs. As., 19/2/2014
VISTO el Expediente Nº
S01:0349648/2009 del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, las
Resoluciones Nros. 4.789 del 26 de octubre de 2010 de la ex-Oficina Nacional de
Control Comercial Agropecuario y 416 del 21 de mayo de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que atento al contenido
de la Resolución Nº 4.789 del 26 de octubre de 2010 de la ex-Oficina Nacional
de Control Comercial y Agropecuario, que establece una clasificación de los
ovinos incluyendo a la nueva categoría de “Cordero Pesado/Borrego”, se presenta
la necesidad de efectuar una adecuación coherente con dicha categoría.
Que la Resolución Nº 416
del 21 de mayo de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
establece los montos arancelarios que por retribución percibe el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA en la cual se incluye en el
Código 000001 C el Concepto “Por cabeza de ovino faenado”, como así también en
el Código 000001 G el Concepto “Por cabeza de cabrito y corderito faenados,
hasta VEINTIDOS KILOGRAMOS (22 kg.) en pie”.
Que a la categoría
denominada “Cordero Pesado/Borrego”, corresponde se les aplique el arancel
estipulado en el Código 000001 C citado precedentemente en razón de que se
trata de animales de más de VEINTIDOS KILOGRAMOS (22 kg.).
Que la Cámara de
Frigoríficos Ovinos de la Patagonia (CAFROPAT) ha solicitado la adecuación de
la categorización ovina a la práctica comercial aceptada internacionalmente
entre los principales países productores e importadores de cortes y carcasas de
carne ovina tales como: AUSTRALIA, NUEVA ZELANDA, REINO UNIDO DE LA GRAN
BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE y demás países de la UNION EUROPEA, que aceptan
como cordero pesado al animal con un peso mayor de VEINTIDOS KILOGRAMOS (22 kg.)
en pie.
Que dicha Cámara ha
solicitado esta nueva clasificación teniendo en consideración las razones
comerciales actuales del mercado internacional como así también la necesidad de
coherencia y coincidencia de los Documentos de Tránsito de Animales, los
Certificados de Exportación y la información estadística del Organismo.
Que la Dirección de
Calidad Agroalimentaria dependiente de la Dirección Nacional de Inocuidad y
Calidad Agroalimentaria, ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección de
Asuntos Jurídicos ha tomado la debida intervención, no encontrado reparos de
orden legal que formular.
Que la suscripta es
competente para resolver en esta instancia de conformidad con lo establecido
por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996,
sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° —
Categorización. Se aprueba la categoría de la especie ovina: Cordero Pesado o
Borrego dentro de los animales adultos de más de VEINTIDOS KILOGRAMOS (22 kg.)
hasta CUARENTA KILOGRAMOS (40 kg.) en pie, a los cuales se le aplicará los
aranceles correspondientes oportunamente establecidos en el Rubro 000001 C de
la Resolución Nº 416 del 21 de mayo de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA.
ARTICULO 2° —
Intervención. Se debe dar intervención a la Dirección Nacional de Sanidad Animal
para que la extensión de los Documentos para el Tránsito de Animales (DTA) se
efectúe de acuerdo a la nueva terminología establecida.
ARTICULO 3° —
Incorporación. Se incorpora la presente norma al Libro Tercero, Parte Primera,
Título IV, Capítulo III, Sección 1°, Subsección 1, Apartados 1 y 2 del Indice
Temático del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, aprobado por Resolución Nº 401 del 14 de junio de 2010 del
citado Servicio Nacional.
ARTICULO 4° — Vigencia.
La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5° —
Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Ing. Agr. DIANA M. GUILLEN, Presidenta, Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimentaria.