Comunicación "A" 5548
Circular RUNOR 1 - 1060. Régimen Informativo Contable Mensual -
Seguimiento de Pagos de Importaciones (R.I.- S.P.I.). Información sobre
denuncias. Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI).
Buenos
Aires, 21 de Febrero de 2014.
Nos
dirigimos a Uds. para hacerles llegar la hoja que corresponde reemplazar en las
instrucciones operativas correspondientes al régimen informativo de referencia,
de acuerdo con las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “A” 5545.
Al
respecto, les señalamos que se incorpora al formulario correspondiente al
Apartado C: “Denuncias por Incumplimientos relacionados con el Apartado “B”, el
N° de Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI).
Saludamos
a Uds. atentamente.
BANCO
CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Ricardo
O. Maero
Gerente
Principal de Régimen Informativo
Estela
M. del Pino Suárez
Subgerente
General de Régimen Informativo y Central de Balances
ANEXO
PRESENTACION
DE INFORMACIONES AL BANCO CENTRAL
Sección
43. Seguimiento de pagos de importaciones.
43.6.
Información sobre denuncias (Apartado “C” de las N.P.).
43.6.1.
Los datos se remitirán a través de un formulario de carga, disponible en el
sitio de Internet https://www3.bcra.gob.ar, al que se accederá con el código de
usuario y clave oportunamente otorgados, ingresando al Menú Principal
"Carga de información", sección SEPAIMPO, y seleccionando la opción
"Carga” del Apartado “C”.
43.6.2.
En la pantalla se visualizará el formulario en el que se deberán completar los
siguientes datos:
-
Tipo de presentación (Anulación o Denuncia)
-
MSD
-
N° de Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI), en los casos que
corresponda
-
Fecha de pago
-
Observaciones (Carga optativa hasta 255 caracteres)
43.6.3.
Dicho formulario desplegará los siguientes datos relacionados con el MSD
ingresado, recuperándolos de la información disponible en esta Institución.
-
Fecha de información
-
C.U.I.T. / C.U.I.L. del Responsable del Pago
-
Nro. de Boleto
-
Concepto de liquidación
-
Moneda
-
Fecha de vencimiento
-
Importe pendiente
Si
se detectaran inconsistencias, para su regularización deberán realizarse las
acciones pertinentes a través del régimen informativo que corresponda
(R.I.-O.C. y/o R.I.- S.P.I.), no siendo factible su modificación mediante este
aplicativo de carga.
Una
vez finalizada la carga, se seleccionará el botón Enviar, asignándole el
sistema un N° de Ticket Original como constancia de la denuncia presentada con
carácter de Declaración Jurada.
43.6.4.
Si se ingresara como Tipo de Presentación la opción “Anulación”, sólo deberá
consignarse el número de ticket asignado por el Sistema a la Denuncia original.
43.6.5.
La Entidad deberá acceder a la opción "Carga" por cada denuncia que
requiera realizar. Asimismo, podrá acceder a la opción “Consultas” en la que
encontrará el historial de todas las denuncias que informara oportunamente.
Los
datos cargados podrán imprimirse.