Detalle de la norma RE-13-2014-SAGPA
Resolución Nro. 13 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2014
Asunto Cupo tarifario de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado” a EEUU
Boletín Oficial
Fecha: 30/01/2014
Detalle de la norma

Resolución  13-2014

 

 Bs. As., 24/1/2014

 

 VISTO el Expediente N° S05:0561545/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 1.169 del 17 de noviembre de 2004 y sus modificatorias de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 704 del 3 de octubre de 2012, de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

 

 CONSIDERANDO:

 

 Que el cupo tarifario de exportación de maní de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t.) para el año 2014, debe ser distribuido conforme lo establecido por la Resolución N° 1.169 del 17 de noviembre de 2004, modificada por su similar N° 169 de fecha 25 de febrero de 2008, ambas de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

 

 Que mediante la Resolución N° 419 de fecha 15 de octubre de 2013 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se procedió a la apertura del Registro, durante el período comprendido entre el 1 y el 31 de octubre de 2013, de las empresas interesadas en la exportación de maní a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, dentro del cupo tarifario correspondiente al año 2014.

 

 Que habiéndose cumplido el plazo establecido por el Artículo 1° de la citada Resolución N° 419/13, se procedió al cierre del Registro por lo que corresponde efectuar la distribución entre las empresas inscriptas, detallándose el tonelaje que corresponde a cada una de ellas en el Anexo que forma parte de la presente medida.

 

 Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

 

 Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud de las facultades que le otorga el Artículo 37 del Decreto N° 2.284 del 31 de octubre de 1991, modificado por su similar N° 2.488 del 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley N° 24.307 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

 

 Por ello,

 

 EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

 

 RESUELVE:

 

 ARTICULO 1° — Distribúyese la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t.) del cupo tarifario de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado”, que podrán ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a partir del 1 de abril de 2014.

 

 ARTICULO 2° — Asígnase a las empresas que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente medida, el tonelaje que en cada caso se indica.

 

 ARTICULO 3° — Déjase expresa constancia que la adjudicación a que se refiere la presente resolución, sólo se encontrará consolidada en la medida en que las empresas exportadoras cumplimenten la totalidad de los requisitos establecidos por la Resolución N° 1.169 del 17 de noviembre de 2004, modificada por su similar N° 169 de fecha 25 de febrero de 2008, ambas de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

 

 ARTICULO 4° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

 

 ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. R. GABRIEL DELGADO, Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.

 

ANEXO



EMPRESAS EXPORTADORAS

TONELADAS

ACEITERA GENERAL DEHEZA S.A./NIZA S.A.

10.175

AGUSTIN VIDIZZONI S.A.

530

ARG. DE GRAAF S.A.

2.472

BASELICA HNOS. S.A.

457

CONOSUR FOODS ARGENTINA S.A.

450

COOP. AGR. GAN. DE ARROYO CABRAL LTDA.

466

COTAGRO COOP. AGROP. LTDA.

2.263

CUBERO S.R.L.

916

GASTALDI HNOS. S.A.

1.225

GOLDEN PEANUT ARGENTINA S.A.

2.942

GREEN TRADE S.A.

607

GRUPO CAVIGLIASSO S.A.

761

INDELMA S.A.

864

LORENZATI, RUETSCH Y CIA S.A./JL S.A./NUTRIN S.A.

3.258

LORENZO PERLO Y CIA. S.A.

660

MAGLIONE HNOS. Y CIA. S.A.

489

MANISEL S.A.

1.411

MANISUR S.A.

877

OLAM ARGENTINA S.A.

2.448

OLEGA S.A.

4.411

PDM S.A.

2.274

PRODEMAN S.A.

2.589

PRONUT S.R.L.

462

SERVICIOS AGROPECUARIOS SRL

894

TOTAL

43.901

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-1169-2004-SAGPA Cupo tarifario de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado” a EEUU