Resolución 1-2014
Asunto: Habilitación provisoria zona operativa
aduanera Muelle Punta Colorada. Aduana de San Antonio Oeste.
Bs. As., 8/1/2014
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12615-378-2010/89 del registro
de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma MCC MINERA SIERRA
GRANDE S.A. (CUIT Nº 30-70905747-9), en su carácter de adjudicataria del uso y
goce de las instalaciones del muelle Punta Colorada, ubicado en la localidad de
Sierra Grande, Provincia de Río Negro, en jurisdicción de la Aduana de San
Antonio Oeste, solicita la prórroga de la habilitación provisoria otorgada por
Resolución Nº 386/2013 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº
12615-378-2010 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de
la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº
S01:0334912/2005.
Que han tomado la intervención que les competen las
Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Técnico
Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar
la habilitación solicitada, con carácter provisorio y por el término de SESENTA
(60) días corridos a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la
Resolución Nº 386/2013 (SDG OAI).
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP) y 55/12
(AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR
GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES
ADUANERAS METROPOLITANAS
A CARGO DE LA
SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES
ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona
operativa aduanera en el muelle Punta Colorada, ubicado en localidad de Sierra
Grande, Provincia de Río Negro, en jurisdicción de la Aduana de San Antonio
Oeste, solicitada por la firma MCC MINERA SIERRA GRANDE S.A. (CUIT Nº
30-70905747-9), por el término de SESENTA (60) días corridos, con igual
carácter e idéntico alcance al establecido en la Resolución Nº 386/2013 (SDG
OAI).
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de
la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional
Aduanera Comodoro Rivadavia. Remítase a la Aduana de San Antonio Oeste para su
conocimiento y notificación. — DANIEL SANTANNA, Subdirector General de
Operaciones Aduaneras Metropolitanas, Dirección General de Aduanas.